Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 24-11-2016

Fecha24 Noviembre 2016
Número de expedienteCNE 6625-2015-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “Castro, David Eduardo
s/inhabilitación (art. 3º CEN)”
(Expte. N° CNE 6625/2015/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 24 de noviembre de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “Castro, David Eduardo
s/inhabilitación (art. CEN)” (Expte. CNE 6625/2015/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de
Capital Federal en virtud del recurso de apelación interpuesto
y fundado a fs. 27/28 contra la resolución de fs. 22/25, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 22/25 la señora juez
federal con competencia electoral resuelve –en lo que aquí
interesa- “[m]antener la situación registral del ciudadano
David Eduardo Castro” (cf. fs. 25).-
Para así resolver, toma en
consideración la resolución transcripta a fs. 1 del juzgado
nacional de primera instancia en lo civil 92, que resolvió
restringir la capacidad del [mencionado ciudadano]” (fs.
cit.) y aclaró que “mantiene su plena capacidad de hecho para
los […] actos […] electorales, incluido su derecho a voto
(cf. fs. cit).-
Contra esa decisión, Hernán Mogni,
Fiscal Federal Ad Hoc, apela y expresa agravios a fs. 27/28.-
2º) Que en primer término
corresponde destacar que la pretensión del recurrente tiene su

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