Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 23-07-2015

Número de expedienteCNE 8007987-2010-1-CA1
Fecha23 Julio 2015
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Recurso de apelación de
Gen en autos Gen s/reconocimiento
de personalidad jurídico política
(fusión Gen y Encuentro Amplio
Entrerriano)” (Expte. CNE
8007987/2010/1/CA1)
ENTRE RIOS
///nos Aires, 23 de julio de 2015.-
Y VISTOS: los autos “Recurso de apelación
de Gen en autos Gen s/reconocimiento de personalidad jurídico
política – (fusión Gen y Encuentro Amplio Entrerriano)”
(Expte. N° CNE 8007987/2010/1/CA1) venidos del juzgado federal
con competencia electoral de Entre Ríos en virtud del recurso
de apelación interpuesto y fundado a fs. 12/15 contra la
resolución de fs. 6/11 vta., obrando el dictamen del señor
fiscal actuante en la instancia a fs. 34/vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 9/vta. el señor juez
federal con competencia electoral del distrito de Entre Ríos
resuelve hacer lugar a la impugnación formulada por los
apoderados del Partido Socialista -señores Barzola y Cozzi-
respecto de la participación del señor Francisco Larocca en
las elecciones primarias del próximo 9 de agosto.-
Esta decisión motiva la apelación
interpuesta y fundada a fs. 12/15.-

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