Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 16-03-2017

Número de expedienteCNE 5544-2016-1-CA1
Fecha16 Marzo 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Recurso de apelación de
Cambiemos Santa Fe, Cambiemos
Mendoza, Cambiemos Buenos Aires y
alianza Cambiemos Capital y
Nacional en autos: Torello, José
M. y otros c/Cambiemos Santa Fe y
otros s/formula petición
Impugnación de uso de la
denominación ‘Cambiemos’” (Expte
N° CNE 5544/2016/1/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 16 de marzo de 2017.-
Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) Que el señor Juan Ricardo
Musa, invocando su carácter de presidente del partido político
en formación “Cambiemos”, se presenta directamente ante el
Tribunal solicitando el dictado de una medida cautelar de no
innovar a fin de que “se prohíba la utilización en los medios
de comunicación del nombre Cambiemos” (cf. fs. 337 vta.) hasta
tanto se resuelva la cuestión planteada en las presentes
actuaciones.-
2°) Que esta Cámara conoce de las
resoluciones de los jueces electorales de primera instancia y
de las Juntas Electorales Nacionales (cf. art. 5°, inc. “a” de
la ley 19.108 modif. por ley 19.277 y 51 del Código Electoral
Nacional) por vía de apelación, una vez concedida y cumplidos
los pasos procesales pertinentes (cf. arts. 66 y 67 de la ley
23.298), y en caso de denegarse ésta, mediante recurso de

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