Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 11-07-2017

Número de expedienteCNE 5309-2017-1-CA1
Fecha11 Julio 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Incidente de alianza
Cambiemos San Juan en autos
alianza Cambiemos San Juan
s/reconocimiento de alianza
electoral – alianza ‘Cambiemos San
Juan’” (Expte. CNE
5309/2017/1/CA1)
SAN JUAN
///nos Aires, 11 de julio de 2017.-
Y VISTOS: Los autos “Incidente de alianza
Cambiemos San Juan en autos alianza Cambiemos San Juan
s/reconocimiento de alianza electoral – alianza ‘Cambiemos San
Juan’” (Expte. CNE 5309/2017/1/CA1), venidos del juzgado
federal con competencia electoral de San Juan en virtud del
recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 72/74 vta.
contra la resolución de fs. 67/69 vta., obrando el dictamen
del señor fiscal actuante en la instancia a fs. 79/80 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 67/69 vta. el señor
juez federal con competencia electoral decide rechazar la
acción y medida cautelar innovativa intentada por los
apoderados de la lista Alternativa Cívica mediante la cual
procuraban impugnar la cláusula décimo tercera del acta
constitutiva de la alianza Cambiemos –distrito San Juan-, en
la que se disponen los requisitos exigidos para la postulación
de candidatos.-
Contra esta decisión, aquéllos,
apelan y expresan agravios (fs. 72/74 vta.).-

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