Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 03-11-2016

Fecha03 Noviembre 2016
Número de expedienteCNE 1959-2014-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “Hodara, Rosa Viviana
s/exclusión del padrón electoral
art. 3º C.E.N.” (Expte. N° CNE
1959/2014/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 3 de noviembre de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “Hodara, Rosa Viviana
s/exclusión del padrón electoral art. C.E.N.” (Expte.
CNE 1959/2014/CA1) venidos del juzgado federal con competencia
electoral de Capital Federal en virtud del recurso de
apelación interpuesto y fundado a fs. 23/24 contra la
resolución de fs. 19/20 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 19/20 vta. la señora
juez federal con competencia electoral resuelve “[m]antener a
la ciudadana Rosa Viviana Hodara […] en el ejercicio de sus
derechos políticos” (fs. 20).-
Para así resolver, toma en
consideración la resolución de fs. 10/13 del juzgado nacional
de primera instancia en lo civil Nº 10 que dispuso “[d]eclarar
que [aquélla] […] es incapaz en los términos del art. 141 del
Código Civil […] [y que] [p]uede […] ejercer sus derechos
políticos” (fs. 12 vta./13).-
Contra esa decisión, Jorge Felipe
Di Lello, Fiscal Federal, apela y expresa agravios a fs.
23/24.-

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