Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 16-03-2017

Número de expedienteCNE 405-2016-CA1
Fecha16 Marzo 2017
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Vidal, Ricardo Angel
s/inhabilitación (art. 3 CEN)”
(Expte. N° CNE 405/2016/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 16 de marzo de 2017.-
Y VISTOS: Los autos “Vidal, Ricardo Angel
s/inhabilitación (art. 3 CEN)” (Expte. CNE 405/2016/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de
Capital Federal en virtud del recurso de apelación interpuesto
y fundado a fs. 19/20 contra la resolución de fs. 17/18, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 17/18 la señora juez
federal con competencia electoral resuelve [rehabilitar] al
ciudadano Ricardo Ángel Vidal […] en el ejercicio de sus
derechos políticos” (cf. fs. 17 vta.).-
Para así resolver, toma en
consideración la resolución de fs. 11/13 vta. del Juzgado
Civil 25 que dispuso [r]estringir la capacidad de [aquél]
[…], estableciendo un sistema de apoyo jurídico” (cf. fs. 13)
y que luego precisó que el mencionado ciudadano “se encuentra
facultado a ejercer sus derechos electorales” (fs. 13 vta.).-
Contra esa decisión, el Fiscal
Federal, apela y expresa agravios a fs. 19/20 vta..-
2º) Que en primer término
corresponde destacar que la pretensión del recurrente tiene su

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