Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 02-08-2016

Número de expedienteCNE 10000009-1982-3-CA2
Fecha02 Agosto 2016
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “Incidente de Partido,
J. en autos Partido,
Justicialista s/reconocimiento de
personalidad jurídico política”
(Expte. CNE
10000009/1982/3/CA2)
JUJUY
///nos Aires, 2 de agosto de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “Incidente de Partido,
J. en autos Partido, Justicialista s/reconocimiento
de personalidad jurídico política” (Expte. CNE
10000009/1982/3/CA2), venidos del juzgado federal con
competencia electoral de Jujuy en virtud del recurso de
apelación interpuesto y fundado a fs. 67/73 contra la
resolución de fs. 51/53, obrando el dictamen del señor fiscal
actuante en la instancia a fs. 102/105 vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 51/53 el señor juez
de primera instancia resuelve –en lo que aquí interesa-
[d]esestimar las pretensiones esgrimidas por los afiliados
H. [y] […] Llamas (cf. fs. 53) y [c]onvalidar la
elección interna del Partido Justicialista de[l] […]
[d]istrito [J., celebrada el 20 de marzo del corriente
(cf. fs. cit.).-
Contra esta decisión, aquéllos
apelan y expresan agravios (cf. fs. 67/73).-

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