Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 10-11-2015

Número de expedienteCNE 6657-2015-1-CA1
Fecha10 Noviembre 2015
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
Corresp. Expte. N° CNE 6657/2015/1/CA1
RECURSO EXTRAORDINARIO
///nos Aires, 10 de noviembre de 2015.-
Y VISTOS: para resolver acerca de la
admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto a fs.
54/58 vta. de los autos: “Recurso de apelación de Cambiemos
Golpe, Néstor Lino en autos Cambiemos s/oficialización modelo
de boleta. Elección general 25 de octubre de 2015” (Expte.
N° CNE 6657/2015/1/CA1), contra la sentencia de fs. 45/48, y
CONSIDERANDO:
1°) Que contra la sentencia de
este Tribunal (cf. fs. 45/48) que, -por mayoría- confirmó la
de primera instancia, -que había dispuesto “hacer lugar a la
impugnación formulada por el [apoderado del] Partido
Socialista y en consecuencia no autorizar el pegado de boletas
[pretendido]” (fs. 14)-; Alejandro Fabio Pereyra –invocando su
calidad de gestor (cf. art. 48 C.P.C.C.N.)- interpone el
recurso extraordinario en examen (cf. fs. 54/58 vta.).-
2°) Que el recurrente alega que la
resolución cuestionada vulnera –a su entender- los derechos
de autonomía de los partidos políticos como instituciones
fundamentales de la democracia ([a]rt. 37 CN) […] [y los
artículos] 16 [y] 28 de la C[onstitución] N[acional](cf. fs.
55 vta.).-

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