Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 27-09-2016

Número de expedienteCNE 2623-2015-CA1
Fecha27 Septiembre 2016
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “Riveros, Santiago Omar
s/inhabilitación (art. 3 CEN)”
(Expte. Nº CNE 2623/2015/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 27 de septiembre de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “Riveros, Santiago Omar
s/inhabilitación (art. 3 CEN)” (Expte. CNE 2623/2015/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de la
Capital Federal, en virtud del recurso de apelación deducido y
fundado a fs. 17/19 vta. contra la resolución de fs. 13/15, y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 17/19 vta. el
representante del Ministerio Público Fiscal actuante ante el
juzgado federal con competencia electoral de la Capital
Federal apela la sentencia de fs. 13/15, en cuanto rechaza el
planteo de inconstitucionalidad de las normas en las que se
fundó para declarar -por razón de condena penal- la
inhabilitación electoral del ciudadano de autos (cf. artículo
inc. “e” del Código Electoral Nacional y artículos 12 y 19
del Código Penal de la Nación).-
2º) Que la cuestión planteada en
el caso es sustancialmente análoga a la tratada mediante
sentencia del pasado 24 de mayo in re “Procuración
Penitenciaria de la Nación y otro c/Estado Nacional
Ministerio del Interior y Transporte s/amparo – Acción de

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