Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 03-11-2016

Fecha03 Noviembre 2016
Número de expedienteCNE 3882-2015-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional
///
CAUSA: “Kopelman, Mirta Rebeca
s/inhabilitación (art. 3º CEN)”
(Expte. N° CNE 3882/2015/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 3 de noviembre de 2016.-
Y VISTOS: Los autos “Kopelman, Mirta Rebeca
s/inhabilitación (art. CEN)” (Expte. CNE 3882/2015/CA1),
venidos del juzgado federal con competencia electoral de
Capital Federal en virtud del recurso de apelación interpuesto
y fundado a fs. 20/21 vta. contra la resolución de fs. 18/19,
y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 18/19 la señora juez
federal con competencia electoral resuelve “[r]ehabilitar a la
ciudadana Mirta Rebeca Kopelman […] en el ejercicio de sus
derechos políticos” (fs. 18 vta.).-
Para así resolver, toma en
consideración la resolución de fs. 11/14 del juzgado civil
25, que –de acuerdo con el artículo 152 ter del Código Civil-
procedió a revisar la declaración de incapacidad y modificar
el encuadre jurídico y luego especificó que no hay
restricciones para que la citada ejerza sus derechos
electorales” (fs. 8).-

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