Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 08-10-2015

Número de expedienteCNE 1896-2015-1-CA1
Fecha08 Octubre 2015
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Recurso de apelación de
Partido Humanista orden nacional
en autos Partido Humanista orden
nacional s/control de estado
contable balance 2014” (Expte.
N° CNE 1896/2015/1/CA1)
CAPITAL FEDERAL
///nos Aires, 8 de octubre de 2015.-
Y VISTOS: Los autos “Recurso de apelación
de Partido Humanista orden nacional en autos Partido Humanista
orden nacional s/control de estado contable balance 2014”
(Expte. CNE 1896/2015/1/CA1), venidos del juzgado federal
con competencia electoral de Capital Federal en virtud del
recurso de apelación interpuesto subsidiariamente a fs. 95
contra la resolución de fs. 94, obrando el dictamen del señor
fiscal actuante en la instancia a fs. 103/vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que a fs. 95 Héctor Omar
Méndez, apoderado del Partido Humanista orden nacional,
interpone revocatoria y apela en subsidio el auto de fs. 94.-
A fs. 96/vta. la a quo rechaza la
reposición intentada y concede el recurso de apelación.-
A fs. 103/vta. emite dictamen el
señor fiscal actuante en la instancia, quien considera que
debe declararse inapelable la decisión atacada.-

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