Sentencia de Cámara Nacional Electoral del 13-07-2017

Fecha13 Julio 2017
Número de expedienteCNE 6031-2017-CA1
Poder Judicial de la Nación
CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
///
CAUSA: “Lista Lealtad y Dignidad
s/elecciones primarias Apela
resolución 12 de la Junta
Electoral del `Frente
Justicialista`” (Expte. CNE
6031/2017/CA1)
–ACLARATORIA-
BUENOS AIRES
///nos Aires, 13 de julio de 2017.-
Y VISTOS: para resolver la aclaratoria
interpuesta a fs. 67/72 vta. contra la resolución de fs. 61/62
vta., y
CONSIDERANDO:
1°) Que el señor Eduardo L. Di
Rocco se presenta a fs. 67/72 vta. –invocando el carácter de
apoderado de la “Línea Cumplir” de la alianza “Frente
Justicialista” de la provincia de Buenos Aires- con el objeto
de interponer recurso de aclaratoria contra la sentencia de
este Tribunal de fs. 61/62 vta.-
Mediante dicho pronunciamiento, la
Cámara revocó la resolución de primera instancia, que
confirmaba la decisión adoptada por la Junta Electoral de la
mencionada coalición, en el sentido de “no hace[r] lugar a la
oficialización de la [l]ista ‘Lealtad y Dignidad’ de
precandidatos a senadores y diputados nacionales” (cf. fs.
61).-
2º) Que el presentante refiere que
la sentencia “ha incurrido en un error material” (cf. fs. 72),

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