Sentecia interlocutoria Nº 28 de Secretaría Laboral y Contencioso Administrativo STJ N3, 06-06-2022

Número de sentencia28
Fecha06 Junio 2022
EmisorSecretaría Laboral y Contencioso Administrativo nº3

VIEDMA, 6 de junio de 2022.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "ROLON, G.G. Y OTROS C/ TERMINAL DE SERVICIOS PORTUARIOS PATAGONIA NORTE S.A. S/ ORDINARIO (L)" (Expte. N° 104/13 // VI-09741-L-0000) , puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Los señores Jueces doctores R.A.A., S.G.C. y la señora Jueza doctora L.L.P. dijeron:

En fecha 27-05-22 se presenta la doctora Z.N.H., en representación de la parte actora a los efectos de solicitar la regulación de los honorarios profesionales, en atención a la intervención que le cupo ante esta instancia.

Resulta pertinente acceder a lo peticionado, habida cuenta de que la nombrada junto con los doctores M.G.R. y R.A., interpusieron recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declarado inadmisible por el grado mediante interlocutorio N° 17 de fecha 10-12-15.

Con posterioridad, mediante Resolución Interlocutoria N° 02-STJ del 18-02-16, este Superior Tribunal de Justicia admitió la queja por la denegación del recurso extraordinario. Recibidos los autos principales, mediante sentencia definitiva N° 90-STJ del 28-09-17 se hizo lugar al recurso oportunamente interpuesto por la representación de la parte actora y dejó sin efecto el fallo de grado de fecha 14-10-14; impuso las costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios para el momento en que exista base computable concreta al efecto.

Finalmente, en fecha 06-05-22 el tribunal de grado reguló los honorarios profesionales según planilla de liquidación aprobada en fecha 25-04-22 (Res. Interlocutoria N° 58).

En virtud de lo expuesto, y tomando en consideración la naturaleza del asunto, la complejidad y extensión de la labor profesional, el resultado de la impugnación y la normativa de aplicación, se estima ajustado a derecho regular los estipendios profesionales correspondientes a la actuación que les cupo en esta instancia extraordinaria, con aplicación de los parámetros previstos en el art. 34 de la Ley Arancelaria G N° 2212, en el porcentaje que se indica en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR