Sentecia definitiva Nº 172 de Secretaría Penal STJ N2, 16-12-2021

Fecha16 Diciembre 2021
Número de sentencia172
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
Superior Tribunal de Justicia
Viedma

En la ciudad de Viedma, a los 16 días del mes de diciembre de 2021, finalizado el Acuerdo
celebrado entre los miembros del Superior Tribunal de Justicia señores Jueces S.M.
.B., S.G.C. y R.A.A. y señoras J.M.C.C. y L.
.L.P., para el tratamiento de los autos caratulados "D.M.L. C/ M.L.E.
S/LESIONES" - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL (LEGAJO MPF BA 03351 2018),
teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
Mediante Sentencia N° 112, del 21 de septiembre de 2021, este Superior Tribunal de
Justicia desestimó la queja deducida a favor de L.E.M. y, de tal modo,
confirmó la postura del Tribunal de Impugnación (TI en lo sucesivo) que denegaba el control
extraordinario de su anterior resolución, que había rechazado la impugnación ordinaria
deducida contra la condena a la pena de siete (7) meses de prisión de ejecución condicional
impuesta al nombrado por el Juez de Juicio en fecha 20 de abril de este mismo año, por
haberlo hallado autor del delito de lesiones leves (art. 89 en función del art. 92, con remisión
al art. 80 incs. 1° y 11° CP).
En oposición a la decisión adoptada en esta sede, la Defensa del señor M. deduce
el recurso extraordinario federal en estudio, que el señor Defensor General sostiene y la
F.ía General contesta en el plazo legal, por lo que el legajo está en condiciones de ser
analizado.
CONSIDERACIONES
Los señores J.S.M.B. y S.G.C. y la señora J.M.C.
C. dijeron:
1. Agravios del recurso extraordinario federal
Luego de reseñar los antecedentes del caso, el señor D.P.M.D.
.C. sostiene que resuelto restringió el derecho del imputado al recurso y señala que se
encuentra cuestionada la observancia del principio de inocencia y de la regla in dubio pro reo,
pues se le exigió a su parte la prueba apta para acreditarlo. Por ello, estima que se han
afectado normas constitucionales y convencionales y cita fallos de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación vinculados con la temática y con la actividad que le cabe al juzgador
respecto de una hipótesis de descargo.
En sustento de su postura, afirma que se le exigió la elaboración de una hipótesis
probable respecto de la alegada ausencia de capacidad de reprochabilidad del imputado por
una elevada ingesta alcohólica, cuando para los fines de la garantía que invoca era suficiente
un descargo incluso poco verosímil, y agrega que las consideraciones desarrolladas por la
jurisdicción para descartar la circunstancia señalada no resultan pertinentes.
También alega que en autos no se ha...

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