Sentecia definitiva Nº 125 de Secretaría Causas Orginarias y Constitucional STJ N4, 06-11-2020

Fecha06 Noviembre 2020
Número de sentencia125
VIEDMA, 6 de noviembre de 2020.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "SERAFINI, DIEGO TOMAS S/ HABEAS CORPUS" (Expte. N° OS4-288-STJ2020), puestas a despacho para resolver, y:
CONSIDERANDO:
Que el interno Diego Tomás Serafini, alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° I de Viedma, plantea acción de habeas corpus "in pauperis" recibida vía fax, solicitando el alojamiento en el sector de enfermería de la citada unidad.
Del informe del Complejo Penal antes referido, surge que el interno se encuentra a disposición del Juzgado de Ejecución Penal N° 10 de la ciudad de General Roca.
Expuesto lo anterior se advierte la improcedencia formal de la acción constitucional planteada en los términos de la normativa que lo regula (Ley B 3368 y del art. 43 de la Constitución Provincial).
Por consiguiente la presentación efectuada por el interno a fs. 1 y vta. no encuadra en el art. 1º de la ley citada que reglamenta el "habeas corpus" en jurisdicción de la Provincia.
En tal sentido, en reiterados precedentes este Tribunal ha señalado la improcedencia del habeas corpus cuando ello implica desplazar sin más al juez competente ante quien se encuentra a disposición tanto el condenado como el procesado (STJRNS4 Se. 119/11 "LLAMBAY"; Se. 107/13 "CASTRO", Se. 118/15 "CARRIQUEO", Se. 47/16 "GALIANO", Se. 113/18 "MOBILIO"; entre otros).
Además, se tiene presente que: "los Magistrados de esta Provincia, a cuya disposición se encuentran las personas privadas de libertad, por condena o cautelarmente, deben velar por la operatividad de las normas constitucionales en la ejecución de la restricción a la libertad de esos internos, en el marco de sus respectivas competencias y en orden a las acciones ante ellos incoadas" (STJRNS4 Se. 47/15 "JUZGADO DE EJECUCION Nº 10", Se. 162/15 "RALINQUEO"; entre otros).
Esta competencia definida es la que permite al Poder Judicial alcanzar los objetivos propuestos dentro de la política criminal y respecto de la cual corresponde, Juez por Juez e interno por interno, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR