SENDROWICZ ARIEL DANIEL c/ FERREIRA CARLOS DANIEL s/EJECUTIVO

Fecha14 Abril 2023
Número de expedienteCOM 025430/2010/CA001
Número de registro766

25430 / 2010 SENDROWICZ ARIEL DANIEL c/ FERREIRA CARLOS DANIEL s/EJECUTIVO

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA E

25430 / 2010 SENDROWICZ ARIEL DANIEL c/ FERREIRA CARLOS

DANIEL s/EJECUTIVO

Juzg.2 Sec.3 13-15-14

Buenos Aires, 14 de abril de 2023.-

Y VISTOS:

  1. En la regulación del 15/02/2023 el juez de grado aplicó la Ley 21.839 -t.o. por ley 24.432-y la ley 27.423 a fin de fijar los honorarios por las labores cumplidas en autos.

El art. 64 de la ley establecía su aplicación para los procesos en los cuales no se contara con regulación de honorarios firmes. Sin embargo, el Decreto N° 1077/17, que promulgó la ley, observó dicho artículo, careciendo esa regla de actual vigencia.

Consecuentemente, no será aplicable la nueva normativa a las etapas procesales concluidas durante la vigencia de la ley 21.839, “… o que hubieran tenido principio de ejecución …” (CSJN, “Establecimiento Las Marías S.A.C.I.F.A. c/ Provincia Misiones s/ Acción declarativa”, del 04/09/18).

Fecha de firma: 14/04/2023 Expte. N° 25430 / 2010 1

Alta en sistema: 17/04/2023

Firmado por: A.O.S., VICE PRESIDENTE SEGUNDO

Firmado por: H.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.E.G., PROSECRETARIO DE CÁMARA

25430 / 2010 SENDROWICZ ARIEL DANIEL c/ FERREIRA CARLOS DANIEL s/EJECUTIVO

Honorarios bajo el régimen de la Ley N°

21.839:

Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión -computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (conf. argumentos desarrollados por este tribunal en pleno en la causa “Banco del Buen Ayre S.A.”,

del 29/12/94)-, se elevan a DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA

PESOS ($2.690) los honorarios de la doctora Silvina L.

Jenik por su actuación como letrada apoderada de la actora en la primer etapa del proceso (ley 21.839, t.o.

ley 24.432: 6, 7, 9, 19, 37 y 38).

Honorarios bajo el régimen de la Ley N°

27.423:

Atento al mérito de la labor profesional cumplida durante la segunda etapa del juicio, se elevan a 0,43 UMA -que a la fecha de hoy representa la suma de SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTI UN PESOS ($6.421)- los honorarios de la doctora S.L.J.(. 27.423:

16, 20, 21, 22, 24, 26, 29 y 58).

Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N°

15/13) y devuélvase sin más trámite, encomendándose al juez de la primera instancia las diligencias ulteriores y las notificaciones pertinentes (Cpr. 36:1).

El Dr. M.B. no suscribe la presente por hallarse en uso de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR