El Senado aprobó el régimen penal para las empresas

Por unanimidad, aunque con disidencias en la votación en general, el aprobó ayer el régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas, iniciativa que busca castigar el capítulo privado corporativo de los casos de corrupción.

La iniciativa salió del Senado con severas modificaciones, en relación con el texto aprobado por en julio último. Así, volverá en segunda revisión a la cámara iniciadora, que deberá decidir si acepta los cambios. Aún no hay fecha para su sanción definitiva.

El texto aprobado ayer limita la responsabilidad penal de las empresas a los delitos de cohecho y tráfico de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, concusión, enriquecimiento ilícito y fraude fiscal. La prescripción de estos delitos operará a los seis años.

Así, el Senado modificó la imprescriptibilidad de los denominados delitos de corrupción y la extensión del régimen penal empresario a todo el Código Penal, como lo había dispuesto la Cámara baja.

"Comparar o equiparar los delitos de corrupción con los de lesa humanidad es una barbaridad", dijo, al justificar la eliminación de la imprescriptibilidad, el peronista Pedro Guastavino (Entre Ríos), presidente de la Comisión de Justicia y miembro informante del proyecto.

Las penas para las personas jurídicas serán monetarias. Las multas irán de dos a cinco veces el monto del beneficio indebido obtenido o que se hubiese podido obtener, marcando otro cambio importante con la versión de la Cámara baja, que fijaba como parámetro los ingresos brutos del último ejercicio de la compañía condenada.

Acuerdos de delación

La iniciativa contempla la posibilidad de que las empresas puedan realizar acuerdos de delación premiada, aunque no podrán ser retroactivos ni por fuera del sistema judicial, como contemplaba el proyecto original del Poder Ejecutivo en la polémica denominada "cláusula Odebrecht".

El acuerdo de colaboración deberá celebrarse con el Ministerio Público Fiscal...

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