Seminario: actualización en familia ensamblada

AutorCecilia P. Grosman - Romina Anabella Mendez
Páginas18-40
1
SEMINARIO: ACTUALIZACION EN FAMILIA ENSAMBLADA
DOCENTE:CECILIA P. GROSMAN
ALUMNA: ROMINA ANABELLA MENDEZ
2
2010
SEGUNDO CUATRIMESTRE
EXP. N.° 09332-2006-PA/TC
LIMA
REYNALDO ARMANDO
SHOLS PÉREZ
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En Lima, a los 30 días del mes de noviembre de 2007, la Sala Primera del Tribunal
Constitucional, integrada por los señores magistrados Landa Arroyo, Beaumont Callirgos y
Eto Cruz, pronuncia la siguiente sentencia
ASUNTO
Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Reynaldo Armando Shols
Pérez contra la sentencia de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima,
de fojas 273, su fecha 3 de agosto de 2006, que declaró improcedente la demanda de
amparo de autos.
ANTECEDENTES
Con fecha 23 de setiembre de 2003, el recurrente interpone demanda de amparo
contra el Centro Naval del Perú, solicitando que se le otorgue a su hijastra, Lidia Lorena
Alejandra Arana Moscoso, el carné familiar en calidad de hija y no un pase de invitada
especial, por cuanto constituye una actitud discriminatoria y de vejación hacia el actor en
su condición de socio, afectándose con ello su derecho a la igualdad.
Manifiesta que durante los últimos años la emplazada otorgó, sin ningún
inconveniente, el carné familiar a los hijastros considerándolos como hijos, sin embargo
mediante un proceso de recarnetización, que comprende a los socios y a sus familiares, se
efectuó la entrega de los mismos solamente al titular, esposa e hija; denegándose la entrega
de este a su hijastra, no siendo considerada como hija del socio.
La emplazada contesta la demanda argumentando que en estricto cumplimiento del
Acuerdo N.° 05-02 de la sesión del Comité Directivo del Centro Naval del Perú, de fecha
13 de junio de 2002, se aprobó otorgar el pase de invitado especial válido por un año,
renovable hasta los 25 años, a los hijastros de los socios, y que en consecuencia, no se
puede otorgar a la hijastra del demandante un carné de hija del socio, por no tener esta

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