Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 23 de Agosto de 2019, expediente CIV 092513/2013/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F “SELSER, DAVID C/ SOLER, LUIS ADOLFO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” (EXPTE. N°92.513/2013)

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los . días del mes de agosto de dos mil diecinueve, reunidos en acuerdo los S..

Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARINI.

ZANNON

  1. POSSE SAGUIER.

    A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  2. Relató el actor que acordó con el demandado L.A.S. la venta del inmueble de propiedad del primero, sito en Av. Forest 426, piso 3°, departamento “24” de esta ciudad por el precio de U$S 72.000. Que el día 31 de mayo de 2012 suscribieron el respectivo boleto de compra venta, abonando el comprador en dicha oportunidad el 75% del precio y recibiendo asimismo la posesión del inmueble. Que luego de llevarse a cabo los trámites pertinentes, el escribano designado remitió sendas cartas documento al vendedor y al comprador, citándolos para que comparezcan el día 13 de septiembre de 2012 al acto escriturario.

    Sostuvo que el 8 de septiembre de 2012 el comprador le remitió dos cartas documento manifestándole que se hallaba en mora por no haber cumplido con la cláusula tercera del boleto que establecía que el vendedor debía entregar la documentación al escribano para el otorgamiento de la escritura dentro de las 72 horas de la firma del boleto, también le manifestaba que se había iniciado un proceso de mediación con primera audiencia el día 3 de septiembre de 2012, que el plazo para suscribir la escritura se hallaba vencido y que el vendedor debía abstenerse de realizar Fecha de firma: 23/08/2019 Alta en sistema: 03/09/2019 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #15980021#242330312#20190823121243301 actos tendientes a alterar el estado de la mora. Que asimismo le notificó que haría ejercicio de su derecho de retensión del inmueble hasta que se abonasen las sumas adeudadas.

    Continuó relatando que con fecha 12 de septiembre de 2012 remitió al demandado dos cartas documento rechazando las anteriores, negando el estado de mora que se le imputaba e intimándolo a comparecer a suscribir la escritura. Que el día 13 de septiembre compareció ante la escribanía designada y, luego de la espera de rigor el escribano dejó constancia de la incomparecencia del comprador. Que al día siguiente remitió una nueva carta documento al Sr. S. haciéndole saber que se hallaba en mora por no haber asistido al acto de escrituración y que contaba con el plazo de 10 días para suscribir la escritura y abonar el saldo pendiente.

    El día 18 de septiembre de ese año el comprador le remitió una carta documento ratificando las anteriores y manifestando entre otras cosas que no había sido citado fehacientemente a suscribir instrumento alguno. Que el 19 de septiembre de 2012 el demandado le remitió una carta documento “con el formato aparente de una citación a mediación para el día 27 de septiembre de 2012” que llevaba sólo la firma del Sr. S. y que el 25 de septiembre de ese mismo año le respondió dicha misiva rechazándola por carecer de los requisitos exigidos por la ley.

    Seguidamente sostuvo que el 1° de octubre de 2012 notificó al demandado su intención de dar por rescindido el contrato, quedando en su poder la suma recibida a la firma del boleto y lo intimó a restituir el inmueble. Que el comprador respondió con fecha 2 de octubre de 2012, rechazando la misiva y alegando que no había existido incumplimiento de su parte. El 3 de octubre de 2012 el Sr. S. remite otra carta documento al actor, ratificando las anteriores, rechazando las intimaciones a restituir el inmueble, manifestando que había debido reparar fallas que...

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