Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 17 de Mayo de 2016, expediente COM 036305/2013/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorCamara Comercial - Sala C

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación SELECTIT S.A. c/ GAS NATURAL BAN S.A. Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Expediente N° 36305/2013/CA1 Juzgado N° 10 Secretaría N° 19 Buenos Aires, 17 de mayo de 2016.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la parte actora la resolución de fs. 27/28, por la que el señor juez de primera instancia declaró la caducidad de instancia en este beneficio de litigar sin gastos.

  1. El tribunal desestimará el recurso.

    Entre la actuación de fs. 15 (19.12.13) y la fecha de interposición del acuse de la caducidad (fs. 22; 10.12.15) transcurrió el lapso de tres meses contemplado en el art. 310, inc. 2°, del C.. Procesal, sin que se observen actuaciones procesales de impulso del procedimiento, ni circunstancias USO OFICIAL suspensivas o interruptivas del curso de la perención.

    Tampoco se observa subsanada la perención cumplida.

    Conviene agregar que el beneficio de litigar sin gastos, dada su autonomía procesal, tramita como incidente, constituyendo una verdadera instancia independiente del juicio principal y susceptible de extinguirse por vía de caducidad (v. esta Sala, 13.12.12, en “Decano Industrial S.A. c/Petrobras Argentina S.A. s/beneficio de litigar sin gastos”).

    Por eso no es óbice para mantener la resolución apelada que la actora haya impulsado el proceso al que se refiere el sub lite, pues se trata de dos acciones distintas y la caducidad incide sobre cada una de ellas individualmente, por lo cual, ausente el impulso procesal en uno de ellos, no puede asirse al impulso del otro que persigue diferente objeto (en tal sentido, S.B., "H., A. c/Poder Ejecutivo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR