Selaez Montaño Guido S/ Infraccion alArt. 117 Ley 25.871

Fecha de la disposición11 de Febrero de 2010

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, a cargo del Dr. Eduardo E.

Malde, Secretaría Nº 40 a cargo del Dr. Perillo Fernando Javier, sito en la calle Marcelo T.

de Alvear 1840, piso 4º, Capital Federal, en los autos 'Cerámica Argital S.A.I.C.I s/Quiebra', comunica por dos días y pone en conocimiento de los interesados, que se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos habiéndose practicado las regulaciones de honorarios a los profesionales actuantes. El presente deberá ser publicado por el término de dos días. Para ser publicado en el Boletín Oficial sin previo pago.

Buenos Aires, 23 de diciembre de 2009.

Fernando J. Perillo, secretario.

e. 11/02/2010 Nº 11754/10 v. 12/02/2010 Nº 26

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 26, a cargo de la Dra. María Cristina O'Reilly, Secretaría Nro. 52, a cargo de María Elisa Baca Paunero, comunica a los acreedores y a la fallida que en los autos 'Banco Basel S.A. s/Quiebra', se ha presentado proyecto de distribución de fondos, el que será aprobado si no se formula oposición dentro del plazo de diez días. Publíquese por dos días en el Boletín Oficial.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2009.

María Elisa Baca Paunero, secretaria interina.

e. 11/02/2010 Nº 12367/10 v. 12/02/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL NRO. 5

SECRETARIA NRO. 9

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 5, a cargo del Dr. Norberto M. Oyarbide, Secretaría Nro. 9, a cargo del Dr.

Carlos Leiva, sito en Av. Comodoro Py 2002,

Piso 3ero. de la Ciudad de Buenos Aires, hace saber por el presente en el marco de la causa Nº 1.771/2008, caratulada 'Selaez Montaño Guido s/infracción al art. 117 Ley 25.871', a Guido Selaez Montaño, debiendo concurrir el nombrado por ante éste Tribunal, dentro del tercer día hábil a la publicación del último edicto, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificado de ser declarado Rebelde y ordenarse su inmediata Detención. '///nos Aires, 4 de Febrero de 2010. Sin perjuicio del resultado de las diligencias dispuestas oportunamente en autos, y toda vez que conforme fuera denunciado en autos por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, habría sido advertida por personal de la Dirección General de Protección del Trabajo del Gobierno de la Ciudad en una inspección de rutina en el inmueble sito en la calle Gualeguaychú Nº 2144 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lugar en el que...

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