Seguros, con menos cobertura externa

Las compañías de seguros con actuación en el país solo podrán tener, desde pasado mañana, inversiones en activos locales, según dispuso ayer la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) mediante la publicación de la resolución 553/19 en el Boletín Oficial.La prohibición general para invertir en el exterior data del año 2014, por lo que la controversial medida dispuesta ayer "apunta a cerrar un resquicio normativo" que habían aprovechado las compañías para volcar parte de sus inversiones en fondos con activos en el exterior, en especial, los que tienen en cartera papeles investment grade, explicaron a LA NACION voceros oficiales.En este sentido descartaron que la disposición tenga objetivos cambiarios y destacaron al respecto como prueba que a las aseguradoras se les da un plazo de un año (hasta junio de 2020) para que adecuen sus activos.La decisión oficial generó "ruido" en el mercado ya que la norma no es explicativa al respecto. Por el contrario, es enfática al estipular que "el total de las inversiones de las aseguradoras -incluyendo sus activos subyacentes, si tuvieran- y sus disponibilidades deben encontrarse radicadas" en el país.Aclara incluso que se "considera" como tales las inversiones en activos emitidos y negociados en el país", lo que se interpretó como un bloqueo al autorizado hasta aquí para activos del Mercosur y de Chile. Además dispone...

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