Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 13 de Julio de 2011, expediente 44.038/2010

Fecha de Resolución13 de Julio de 2011

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SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 48.214 CAUSA

N°44.038/2010 SALA IV “L.G.A. C/

SEGURCOOP COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. Y OTROS S/

INTERRUPCION PRESCRIPCION” JUZGADO N°79

Buenos Aires, 13 DE JULIO DE 2011

Y Vistos:

La apelación deducida a fs. 18 por la actora contra la resolución de fs. 4

que tuvo “por interrumpida la prescripción” (sic) e intimó a la demandante para que diera cumplimiento a lo dispuesto en el art. 65 de la L.O., bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda.

Y Considerando:

Que la providencia atacada es una mera intimación y, como tal, no pone fin a controversia alguna, proyectándose como una etapa previa de una resolución que sí pondría fin al litigio.

Que, en consecuencia, esa apelación no escapa al diseño del art. 110 de la L.O., razón por la cual el Juzgado debió tenerla presente con efecto diferido y la actora mantenerla (en los términos del art. 117, 2° párrafo, de la L.O.) al recurrir la eventual resolución que tuviere por no presentada la demanda.

Que corresponde entonces declarar mal concedido al recurso, tal como lo ha decidido esta S. en casos idénticos al presente (cfr., entre muchas otras: S.I.

46.574 del 27/06/08 “R.M.E. c/ Orígenes AFJP s/ despido”).

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Declarar mal concedido el recurso de fs. 18.

C., regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase.

HÉCTOR C. GUISADO SILVIA E. PINTO VARELA

Juez de Cámara Juez de Cámara ANTE MI:

S.S.S.

Secretaria 1

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