La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES RESUMIDOS ($ 1.200.- 379411 En.4)

Fecha de publicación04 Enero 2019
Fecha04 Enero 2019
Número de registro379411
EmisorLa Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES RESUMIDOS

A los señores Presidente y Directores de

La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

Domicilio legal: Brig. Gral. Juan Manuel de Rosas 957

Rosario – Santa Fe

C.U.I.T.: 30-68913348-3

Informe sobre los estados contables resumidos

Los estados contables resumidos adjuntos de La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

(en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial resumido al 30 de junio de 2018, el estado de resultados resumido y el estado de evolución del patrimonio neto resumido correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, se derivan de los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado en dicha fecha, sobre los cuales hemos emitido con fecha 8 de agosto de 2018, una opinión favorable sin salvedades. Dichos estados contables, así como los estados contables resumidos, no reflejan los efectos de los hechos que hayan ocurrido con posterioridad a la fecha de nuestro informe sobre los estados contables completos auditados.

Los estados contables resumidos no contienen toda la información que requieren las normas contables de la Superintendencia de Seguros de la Nación, (en adelante “SSN”). En consecuencia, la lectura de los estados contables resumidos no equivale a la lectura de los estados contables completos auditados de la Sociedad. Dichos estados contables completos auditados obran en la SSN a disposición de cualquier interesado que los solicite.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables resumidos

La Dirección es responsable de la preparación y presentación de un resumen de los estados contables completos auditados de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.

Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables resumidos basada en nuestros procedimientos realizados de conformidad con las normas de auditoría de estados contables resumidos establecidas en la sección III.D de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables resumidos constituyen una presentación resumida razonable de los estados contables auditados de la entidad.

Opinión

En nuestra opinión, los estados contables resumidos son congruentes con los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico terminado el 30 de junio de 2018, de conformidad con lo requerido por el artículo 40 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora de la Ley N° 20.091.

Párrafos de énfasis

Nuestro informe sobre los estados contables completos auditados de la Sociedad correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2018, incluyó dos párrafos de énfasis en el que llamamos la atención sobre el contenido de las siguientes notas a los estados contables completos auditados:

Nota 11 a los estados contables completos auditados, según la cual no es posible concluir sobre el impacto que podría tener en la operación de la Sociedad las diferentes interpretaciones que en el fuero judicial puedan realizarse sobre aspectos regulados por el actual marco legal en materia de cobertura de riesgos de trabajo, y cómo de esas interpretaciones podrían resultar diferencias significativas entre las indemnizaciones efectivas del sistema y las estimaciones efectuadas por la Sociedad para la constitución de sus reservas por siniestros al 30 de junio de 2018. Esta cuestión no modifica la opinión expresada.

Nota 3 a los estados contables...

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