Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Mayo de 2017, expediente Rl 120783

PresidentePettigiani-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2017
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

SEGOVIA, G.M. C/ INST. MEDICO MATER DEI S.A. S/ DESPIDO. RECURSO DE QUEJA.

La P., 23 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, el Tribunal de Trabajo N° 5 del Departamento Judicial La Plata, en etapa de ejecución de sentencia en los autos: "Segovia, G.M. c/ Instituto Médico Mater Dei SA s/ Despido", desestimó el planteo de prejudicialidad y suspensión del proceso efectuado por la demandada (fs. 1/2).

    En orden a lo así resuelto, el apoderado de la mencionada sociedad anónima, dedujo recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (fs. 3/6 vta. y 18/22 vta.). Funda el primero de los remedios extraordinarios incoados en la falta de acuerdo y voto individual de los jueces integrantes del tribunal laboral, con apoyo en doctrina legal de esta Suprema Corte y cita expresa del art. 168 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Además, alega que ela quoomitió considerar cuestiones esenciales a fin de resolver el pedido de suspensión del proceso fundado en la prejudicialidad denunciada.

    En el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley aduce infringido el art. 1775 del Código Civil y Comercial de la Nación, como así también, el art. 40 párrafo cuarto de la ley 11.653. Cita doctrina legal.

  2. La denegatoria de los recursos deducidos por parte del órgano judicial de grado, con fundamento en la ausencia de definitividad de la decisión cuestionada (fs. 23 y vta.), motivó la articulación de sendos recursos de queja (art. 292, CPCC; fs. 12/14 vta. y 33/35 vta.).

  3. Las quejas intentadas no prosperan.

    1. Al respecto, dable es señalar que las vías extraordinarias sólo proceden contra las sentencias definitivas, es decir, aquéllas que ponen fin a la litis que motivó el pleito, pero no contra las resoluciones que puedan plantearse durante su ejecución las que, en principio, deben quedar concluidas en la instancia ordinaria...

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