Secretarios. Oficiales primeros

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38.* [Deberes. Los secretarios tendrán las siguientes funciones además de

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los deberes que en otras disposiciones de este Código y en las leyes de organización judicial se les impone:

  1. Comunicar a las partes y a los terceros las decisiones judiciales, median-te la firma de oficios, mandamientos, cédulas y edictos, sin perjuicio de las facultades que se acuerdan a los letrados respecto de las cédulas y oficios, y de lo que establezcan los convenios sobre comunicaciones entre magistrados de distintas jurisdicciones.

    Las comunicaciones dirigidas al Presidente de la Nación, ministros y secretarios del Poder Ejecutivo y magistrados judiciales, serán firmadas por el juez.

  2. Extender certificados, testimonios y copias de actas.

  3. Conferir vistas y traslados.

  4. Firmar, sin perjuicio de las facultades que se confieren al prosecretario administrativo o jefe de despacho, las providencias de mero trámite, observando, en cuanto al plazo, lo dispuesto en el artículo 34, inciso 3)

    a). En la etapa probatoria firmará todas las providencias simples que no impliquen pronunciarse sobre la admisibilidad o caducidad de la prueba.

  5. Dirigir en forma personal las audiencias testimoniales que tomare por delegación del juez.

  6. Devolver los escritos presentados fuera de plazo.]

    38 bis.* [Los prosecretarios administrativos o jefes de despacho o quien desempeñe cargo equivalente tendrán las siguientes funciones además de los deberes que en otras disposiciones de este Código y en las leyes de organización judicial se les impone:

  7. Firmar las providencias simples que dispongan:

    1. Agregar partidas, exhortos, pericias, oicios, inventarios, tasaciones, división o partición de herencia, rendiciones de cuentas y, en general, documentos o actuaciones similares.

    2. Remitir las causas a los ministerios públicos, representantes del isco y demás funcionarios que intervengan como parte.

  8. Devolver los escritos presentados sin copia.]

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    38 ter.* [Dentro del plazo de tres días, las partes podrán requerir al juez que deje sin efecto lo dispuesto por el secretario, el prosecretario administrativo o el...

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