SECRETARÍA NRO. 61

Fecha de publicación26 Septiembre 2019
SecciónSociedades,REMATES JUDICIALES
EmisorJUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31


El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 31 a cargo de la Dra. Vivian FERNANDEZ GARELLO de DIEU-ZEIDE, Secretaria N° 61, a cargo de la Dra. Aimara DI NARDO sito en Montevideo 546 Piso 7° de Capital Federal, comunica por dos días en los autos. “RONDANO Daniel Emilio c/ RAÑA Blanca Mónica s/ Ejecuctivo Expte. Nº 18.070/2.016” que el Martillero Público Gustavo Martín FERNANDEZ ALVAREZ CUIT 20-21764755-0 (Cel. 154-0998264) Rematará el día 08/10/19 a las 10,30 hs. en punto, en Jean Jaures 545 Capital Federal siendo la exhibición los días 3 y 4/10/19 de 15 a 17 hs. El bien sito en la ciudad de Mar del Plata, Partido de Gral. Pueyrredón, Prov. de Bs. As. ¬Datos catastrales: lote 33 de la manzana C, Circ.:6, Sec.: A, Chacra: 3, Mza: 3¬C, Par.: 12 matrícula 258.995; propiedad de Blanca Mónica Raña (DNI 20.093.421). Designación s/plano: 45-40-145 como lote 33 de la manzana C (agreg. al F° 4833/47) Sup. s/ Títulos 927 mts. 24 dms. cdos. Según constatación obrante en autos a fs. 91 vta. Ciudad de Mar del Plata, Partido de Gral. Pueyrredón calle COHELO de MEYRELLES 5992, atendido por Aníbal Jorge AGNETTI con D.N.I. n° 14.319.465 quien manifestó ocupar el inmueble a préstamo gratuito el mismo se compone de living comedor, dos dormitorios, baño instalado completo, cocina instalada cuenta con luz eléctrica, agua de pozo y gas natural, en buen estado de uso y conservación. De acuerdo a las características medidas y linderos que surgen del título obrante en autos. Ad corpus en el estado físico y jurídico que se encuentra. BASE $ 817.000. SEÑA 30. COMISION: 3 + IVA. SELLADO DE BOLETO 1,2. Arancel Acord. 10/99 del 0,25. Todo a cargo del comprador. Hágase saber que, en caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente.Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los autos, de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Para el caso de que el adquirente eventualmente plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas del planteo, el cual será rechazado in limine”, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR