Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 7 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2007
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 218 p 230-234.

En la ciudad de Santa Fe, a los siete días del mes de marzo del año dos mil siete, se reunieron en acuerdo los señores Ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, doctores M.A.G., M.L.N. y E.G.S., con la presidencia del señor Ministro decano D.R.L.V. a fin de dictar sentencia en los autos caratulados 'SECRETARÍA DE TRABAJO contra CORREO ARGENTINO S.A. -Sumario- sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD' (Expte. C.S.J. n/ 163, año 2006). Se resolvió someter la decisión a las siguientes cuestiones: PRIMERA: ¿es admisible el recurso interpuesto? SEGUNDA: en su caso, ¿es procedente? TERCERA: en consecuencia, ¿qué resolución corresponde dictar? Asimismo, se emitieron los votos en el orden en que se realizó el estudio de la causa, o sea, doctores: G., N., S. y Vigo.

A la primera cuestión, la señora Ministra doctora G. dijo:

Mediante resolución registrada en A. y S. T. 212, página 395, esta Corte admitió la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia contra el acuerdo nro. 87 de fecha 18.10.2002, dictado por la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario -Sala Segunda- por entender que el planteo de la recurrente lograba persuadir a este Tribunal -prima facie- de la articulación con seriedad de planteos que pueden configurar hipótesis de violación del derecho a la jurisdicción y contaba con suficiente asidero en las constancias de autos.

El nuevo examen de admisibilidad que impone el artículo 11 de la ley 7.055, efectuado con los principales a la vista, me conduce a ratificar dicho criterio de conformidad a lo dictaminado por el señor P. General a fojas 167/168.

Voto, pues, por la afirmativa.

A la misma cuestión, los señores Ministros doctores N. y S. y el señor Ministro decano doctor Vigo expresaron idéntico fundamento al vertido por la señora Ministra doctora G. y votaron en igual sentido.

A la segunda cuestión, la señora Ministra doctora G. dijo:

  1. Surge de las constancias de la causa que la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Rosario, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por Correo Argentino S.A.

    contra la resolución nro. 147 (del 1.6.2000, emitida por el Secretario de Estado y Seguridad Social de la Provincia) en la causa tramitada ante la Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de esta Provincia, que concedió la avocación y rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra la resolución 156 (de fecha 5.4.2000, dictada por el Director Regional Rosario de esa Secretaría) que impuso una multa a la apelante por la imputación de haber cometido una...

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