Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 5 de Mayo de 2022, expediente CAF 140260/2002/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

140260/2002 SCOTIABANK QUILMES SA c/ AFIP DGI-RESOL

319/00 320/00 s/DIRECCION GENERAL

IMPOSITIVA

Buenos Aires, de mayo de 2022.- TCG

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que en función de la naturaleza del proceso y su monto; del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo cumplido ante la anterior instancia, corresponde modificar la regulación de honorarios practicada el 14 de septiembre de 2020, y elevar los honorarios del Dr. C.S.U., por su actuación en la dirección letrada y representación de la accionada y fijarlos en la suma de $14.000

    (pesos catorce mil), los que se encuentran a cargo de la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia dictada por esta Sala el 14

    de noviembre de 2019 (conf. A.. 6, 7, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21.839

    modificada por la ley 24.432).

    Asimismo, por el trabajo cumplido ante esta Alzada, se regulan los honorarios del mencionado letrado, por su desempeño en la representación legal y asistencia letrada de la demandada en la cantidad de 3 UMAs –equivalente al momento del dictado de este pronunciamiento a la suma de $22.317 - (Arts. 16, 20, 21, 24, 29 y ccdtes. de la Ley Nº

    27.423 y la Acordada CSJN 04/22).

  2. Que, cabe dejar aclarado que, en los importes establecidos precedentemente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realice el beneficiario-, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a ese tributo, juntamente con el monto del pago.

    ASI SE

    RES...

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