Sentencia de CAMARA FEDERAL, 25 de Febrero de 2016, expediente FPA 021000603/2009

Fecha de Resolución25 de Febrero de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 21000603/2009 raná, 25 de febrero de 2016.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “SCIPIONE, J.H. CONTRA ANSES SOBRE AMPARO POR MORA”, Expte. N° FPA 21000603/2009, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto en subsidio y fundado por la accionada a fs. 71/74 vta., contra la resolución de fs. 62 que intima a la accionada para que dé cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia recaída en autos, en un plazo final y perentorio de diez (diez) días, a cuyo vencimiento comenzará a devengarse de manera automática la suma de cuarenta pesos ($40) en concepto de astreintes, por cada día de demora en acatar lo dispuesto y a favor de la actora, a partir de su notificación.

A fs. 76/vta. la parte actora contesta agravios y a fs. 77 se concede el recurso. A fs. 82 la Cámara Federal de la Seguridad Social ordena remitir la presente causa al Juzgado de origen, a fs. 89 el Sr. Fiscal General ante Cámara contesta la vista oportunamente corrida y quedan los presentes en estado de resolver a fs. 93.

II-

  1. Que agravia a la apelante la imposición de astreintes. Afirma que esa parte se encuentra dando Fecha de firma: 25/02/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: M.J.B., #3468051#147298724#20160225125917775 efectivo cumplimiento a la manda judicial y que el expediente en cuestión, según sus registros, se encuentra en Orígenes AFJP. Agrega que se ha solicitado la remisión a la UDAI Paraná de las actuaciones requeridas, por lo que reclama el rechazo de la imposición de astreintes.

    Seguidamente, plantea que la imposición de la multa implicaría un enriquecimiento sin causa del actor y destaca que las astreintes carecen de carácter indemnizatorio, punitorio e inmutable y que deben ser fijadas con criterio restrictivo. Hace reserva del caso federal.

  2. Que el actor contesta agravios y solicita, por los argumentos que expone, que se rechace el recurso interpuesto.

    III- Que el 17/06/2010, el a quo hizo lugar a la acción de amparo por mora interpuesta por el actor y condenó a la demandada a que en el término de veinte (20)

    días resuelva la petición oportunamente efectuada por la actora ante Orígenes S.A. AFJP, bajo apercibimiento de imponerse astreintes y demás sanciones que hagan al cumplimiento de la medida. (cfr. fs. 32 y vta.).

    La decisión fue confirmada por la Cámara Federal de la Seguridad Social en fecha 29/02/2012 (fs. 54/vta.). A fs. 62 –el 17/04/2013- se intima a la accionada para que dé cumplimiento en un plazo final y perentorio de 10 días a cuyo vencimiento comenzará a devengarse de manera automática la suma de cuarenta pesos ($40) en concepto de Fecha de firma: 25/02/2016 Firmado por: D.E.A., Firmado por: C.G.G., Firmado por: M.J.B., #3468051#147298724#20160225125917775 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

    FPA 21000603/2009...

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