Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 28 de Febrero de 2019, expediente CAF 017181/2018/CA001

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 17.181/2018: “SCIARATTA, S.D. ROSARIO c/ EN -M CULTURA DE LA NACION s/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

Buenos Aires, 28 de febrero de 2019. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por resolución del 17 de octubre de 2018, el Sr. Juez de Primera Instancia rechazó la medida cautelar solicitada.

Para así decidir, luego de hacer referencia a los recaudos genéricos de admisibilidad de las medidas cautelares, destacó que la actora intentaba imponer en el estrecho marco cognoscitivo de esta acción, un discernimiento sobre cuestiones que -por su índole- excedían el ámbito de conocimiento propio de una medida cautelar. Ello así, en atención a que aquélla pretendía que se tuviera por probado, con las constancias acompañadas al escrito inicial, el hecho en el que en definitiva fundaba su pretensión; esto era, la presunta existencia de una relación laboral con el Ministerio de Cultura de la Nación, la cual había sido negada categóricamente por el organismo al tiempo de producir el informe requerido. Asimismo, puso de resalto que si estuviera obligado a extenderse en consideraciones al respecto peligraría la carga de no prejuzgar, pues determinar sobre la nulidad y arbitrariedad alegada y la posible existencia de vías de hecho de la Administración, importaría -necesariamente- avanzar sobre la cuestión de fondo.

En consecuencia y sin ingresar en el estudio del peligro en la demora invocado, concluyó en la improcedencia de la medida cautelar solicitada en autos (v. fs. 54/8).

II- Que, contra la decisión de primera instancia, la parte actora interpuso apelación a fs. 59, que ha sido concedido a fs. 60.

La recurrente aduce -en síntesis- que le causa agravio que “la magistrada interviniente” haya descartado la presencia Fecha de firma: 28/02/2019 Alta en sistema: 01/03/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #31429658#227931048#20190228102847296 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 17.181/2018: “SCIARATTA, S.D. ROSARIO c/ EN -M CULTURA DE LA NACION s/ MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)”

del requisito de verosimilitud del derecho invocado por su parte.

Sostiene que en la instancia anterior se ha omitido el análisis de la totalidad del plexo normativo aplicable y de los hechos del caso.

Indica que le agravia en particular que “…la magistrada invoca supuesta documentación administrativa -que desde ya esta parte desconoce e impugna-, sobre la cual no se ha dado traslado a esta parte…”, en violación del principio de bilateralidad, así como también el debido proceso y el derecho de defensa en juicio.

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