Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 10 de Septiembre de 2019, expediente CNT 000777/2015/CA001

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 777/2015 SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 47998 CAUSA Nº 777/2015 - SALA VII - JUZGADO Nº 61 AUTOS: “SCIANGOLA JOSÉ LUIS c/ARSONI S.A. y otro s/ accidente – ley especial”.

Buenos Aires, 10 de setiembre de 2019.

VISTO:

La demandada apela a fs. 200 los estipendios regulados en favor del perito médico, a fs. 199, porque los estima elevados.

Y CONSIDERANDO:

Que teniendo en cuenta la tarea desarrollada por el médico y su incidencia en la solución arribada en el pleito, a juicio del Tribunal, la regulación cuestionada resulta adecuada y ajustada a lo normado por los Arts. 16, 21, 59 y 60 de la Ley 27.423 y demás las pautas arancelarias de aplicación, vigentes al tiempo de presentación del informe pericial, por lo que cabe su confirmación.

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Confirmar los honorarios regulados en favor del perito médico en la resolución del 16 de mayo de 2019 (fs. 199). 2) Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 26.856 y con la acordada de la CSJN Nº...

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