Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 4 de Mayo de 2022, expediente CSS 047439/2007/CA001

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

Expte. Nº: 47439/2007

Autos: “SCAZZARRIELLO RICARDO PASCUAL c/ ANSES s/EJECUCION PREVISIONAL”

Sentencia Interlocutoria Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la resolución de fecha 15 de abril de 2021 que expresamente dispone “Téngase presente la documental acompañada sin perjuicio de lo cual,

hágase saber a la parte actora que la liquidación oportunamente adjuntada a fs. 162/191 fue observada en el punto II del proveído dictado con fecha 30 de mayo del 2018, por lo que deberá

acompañar nuevos cálculos de conformidad con lo allí dispuesto.”.

Cuestiona lo dispuesto; sostiene que el recalculo del haber ordenado en la sentencia que se ejecuta, no puede ser considerado en forma parcial ya que el haber es un todo, sin hacer discriminación alguna entre aportes autónomos o dependientes. El pedido de reajuste se realiza sobre todo el haber, no sólo sobre una parte. Pretende el reajuste sobre la totalidad de los aportes en relación de dependencia y autónomos.

Con las constancias de autos, los fundamentos que vierte no logran conmover lo decidido por la “a quo”. En efecto, el escrito de expresión de agravios debe contener una crítica concreta y razonada de las partes que el apelante considere equivocadas. En el “Sub-lite”, tal crítica resulta inexistente ya que el apelante se limita a disentir con el criterio seguido por la juzgadora sin llegar a cuestionar, con argumentos científicos y objetivos lo estipulado.

La doctrina ya ha señalado que la crítica concreta y razonada prevista por el art.265 del C.P.C.C.N. no se configura con una mera discrepancia ya que debe implicar el estudio de los razonamientos del juzgador, demostrando a la Cámara las equivocaciones, deducciones,

inducciones y conjeturas sobre las distintas...

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