Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 27 de Abril de 2017, expediente CCF 009070/2016/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I C. 9070/2016/CA1 I “SC Johnson &Son Inc. y otro s/ medidas cautelares”.

Juzgado N° 10 Secretaría N° 19 Buenos Aires, 27 de abril de 2017.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 89 y fundado a fs. 91/102 contra la

resolución de fs. 86/88, y

CONSIDERANDO:

  1. La parte actora solicita que, como medida cautelar, se ordene a Queruclor

    S.R.L. cesar en el uso del diseño y la combinación de colores utilizados en el envase de

    repelente TRAP que reproduce, en todos los canales de comercialización y medios de

    promoción, inclusive internet.

    Funda su pedido en la infracción al registro de la marca N° 2.462.173 de la clase 5.

    Manifiesta que la destinataria es un competidor desleal que copia una multiplicidad de marcas

    de su parte –especialmente repelentes, insecticidas, productos de limpieza y desinfectantes–, con

    el propósito de desviar su clientela, en lo que denomina "estrategia parasitaria" que describe y

    ejemplifica. Señala que el envase de repelente TRAP posee una calculada similitud

    confusionista con el envase de repelente OFF! de efecto prolongado, con el propósito de

    engañar al público consumidor haciéndole creer que tiene la misma duración. Precisa que su

    marca reivindica un conjunto predominantemente verde –elemento preponderante o mot vedette–

    y el color blanco para el elemento denominativo. Alega que los componentes del envase de

    TRAP que difieren del envase de OFF! efecto prolongado son copias de los del envase de OFF!

    en un anterior diseño. Aduce que el uso cuestionado podría poner en riesgo la salud de los

    consumidores porque TRAP no tiene efecto prolongado, habida cuenta del porcentaje de DEET

    –principio activo que repele los insectos– que contiene, el mismo (15%) que posee el OFF!

    regular (envase naranja). Añade que la comercialización de TRAP ha sido acompañada de una

    publicidad donde un pediatra afirma que "tiene efecto prolongado". Destaca la notoriedad de su

    marca, lo que implica un criterio riguroso de comparación, también en razón de identificar

    productos de bajo costo, consumo masivo y que se ubican uno al lado del otro en las "góndolas"

    de los supermercados (cfr. fs. 43/59).

    Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 04/05/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #29308173#175637447#20170427175820794 2. El señor juez desestimó la medida requerida.

    Para así resolver, consideró que las constancias acompañadas no son suficientes

    para dictar la medida cautelar, puesto que merecen ser objeto de debate y prueba. Destacó que el

    único objeto de confronte es el registro N° 2.462.173 (OFF! "verde"), toda vez que la actora no

    acompañó el registro de la marca OFF! de efecto prolongado, reservándolo para la acción de

    fondo, que en su caso iniciará. Concluyó que no se advierte en este estado posibilidad de

    confusión habida cuenta del color verde predominante del registro invocado y los colores

    naranja y verde que dominan el producto de Queruclor.

  2. La actora inicialmente alega que la resolución es arbitraria porque la medida fue

    denegada sin estar motivada en las circunstancias de la causa ni en el derecho vigente. Señala

    que la verosimilitud del...

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