Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 17 de Octubre de 2018, expediente B 65830 2

Presidentede Lázzari-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

B.65.830-2 “SAYCO S.A. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (EN AUTOS SAYCO S.A. C/ FISCO PCIA BS. S/ DAÑOS Y PERJ. - DEM. CONT. ADM. CAUSA B-65830)”

La Plata, 17 de octubre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

  1. La sociedad Sayco S.A. se presenta solicitando beneficio de litigar sin gastos manifestando en sus requerimientos que carece de recursos para afrontar los gastos del juicio.

    A tal fin, ofrece como prueba la declaración de los testigos J.J.Y., C.A.M. y G.D.F. (v. fs.10); acompaña fotocopias simples del balance del período 1-I-2001 al 31-XII-2001 (fs. 1/6) y solicita la producción de prueba pericial contable.

  2. A fs. 23, 24 y 29/30 obran agregadas las declaraciones testimoniales ofrecidas.

    Del testimonio del señor Y. surge que no conoce el capital de la empresa a la fecha de su declaración y que nunca ha tenido acceso al balance de la empresa actora y agrega que supo de la mala situación patrimonial de la empresa en virtud de que, por su actividad de martillero, aproximadamente en el año 1979 o 1980 le vendió una propiedad de muy buen valor que dos o tres años después debieron malvender.

    Con respecto a la declaración del testigo M., surge que el mismo trabajaba en Obras Sanitarias en el área de certificaciones y que sabe que la empresa quebró 20 años atrás, desconociendo la situación actual de la misma o si se rehabilitó.

    Por último, el testigo Ferrari responde que le comprenden las generales de la ley en virtud de haber realizado tareas para la actora a través de su empresa financiera. Agrega que desconoce el capital social actual de Sayco S.A. habiendo tenido acceso a información contable de la empresa en el año 1999, 2000 pero no a balance certificado.

  3. A fs. 37/39 el perito contador oficial designado en autos informa, que el balance acompañado en fotocopias simples sin certificar, evidencia fallas técnicas como para tomarlo como base para opinar sobre la cuestión en tratamiento, sosteniendo que no puede avalar profesionalmente mediante un simple cálculo matemático un contenido evidentemente inconsistente.

    Habiéndose conferido traslado a las partes del informe pericial presentado, la parte actora acompaña a fs. 41/119, nueva documentación consistente en auditorias de los ejercicios económicos de los años 2000 a 2009 con sus respectivas memorias y solicita se remitan nuevamente las actuaciones a la Dirección General de Asesorías Periciales.

    El perito contador presenta a fs. 148/149 nuevo informe sosteniendo que no se han aportado nuevos...

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