Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 19 de Mayo de 2022, expediente CNT 091378/2016/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2022 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
- SALA VII
Causa N°: 91378/2016
SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 52206
CAUSA Nº 91.378/2016 -SALA VII- JUZGADO Nº 43
AUTOS: “SAUL, ENRIQUE RAFAEL C/ CAT TECHNOLOGIES
ARGENTINA S.A. Y OTRO S/DESPIDO”.
Buenos Aires, 19 de mayo de 2022.
VISTO:
El desistimiento de la acción y del derecho respecto de la codemandada BBVA BANCO FRANCES S.A., el acuerdo conciliatorio digitalizado en el estado de actuaciones con fecha 17/05/2022 y la ratificación personal del actor CONSIDERANDO:
-
Que las condiciones pactadas son razonables y no significan ni tácita, ni expresa renuncia de derechos amparados por normas de orden público (cfr. art. 15 L.C.T. y 69 ley 18.345).
-
Que, corresponde homologar el desistimiento de la acción y del derecho con relación al reclamo contra la codemandada BBVA BANCO
FRANCES S.A., con costas por su orden, atento lo pactado (art. 68 2º
párrafo del C.P.C.C.N.).
-
Que, asimismo, cabe tener presente la forma y plazo de la suma acordada, el reconocimiento formulado por la codemandada CAT
TECHNOLOGIES ARGENTINA S.A. en relación a los honorarios de la representación letrada del actor y el resto de las costas generadas a su respecto y practicar nueva regulación de honorarios a la perito contadora B.X.J., teniendo en cuenta las presentaciones efectuadas, conforme arts. 15, 16, 21, 22, 25, 58, 59 y concordantes de la Ley 27.423 y demás pautas arancelarias de aplicación, en la suma de $104.146.- (Pesos cincuenta cuatro mil ciento cuarenta y seis) equivalente a 14 UMA (valor del UMA $7.439), quedando a cargo de la demandada su pago, en virtud de lo convenido en el acuerdo agregado en forma digital; así
como lo convenido en caso de incumplimiento y todo lo demás manifestado.
-
Que la accionada solicita se la exima del pago de la Tasa de Justicia.
Por todo lo expuesto el Tribunal
RESUELVE:
1) Homologar el desistimiento de la acción y del derecho con relación al reclamo contra la codemandada BBVA BANCO FRANCES S.A., con costas por su orden (art.
68, segunda parte del C.P.C.C.N. y art. 277 L.C.T.). 2) Homologar el acuerdo Fecha de firma: 19/05/2022
Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO
- SALA VII
Causa N°: 91378/2016
conciliatorio celebrado entre el actor S.E.R.S. y CAT
TECHNOLOGIES ARGENTINA S.A. al que...
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