Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 26 de Julio de 2018, expediente FRO 013069808/1989/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2018 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 26 de julio de 2018 Visto en Acuerdo de la Sala “A”
integrada el expediente Nº FRO 13069808/1989 caratulado “SASSO, ANGEL c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL”, (originario del Juzgado Federal Nº 1 de Rosario), del que resulta, 1. Vinieron los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación y conjunta nulidad interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social (fs. 146/150) contra la resolución del 20 de marzo de 2017 (fs. 142/145vta.) que aprobó la liquidación efectuada a fs. 127/133 por el Cuerpo de Peritos Contadores de la C.S.J.N. y reguló los honorarios profesionales por la totalidad de la actuación en esa instancia, en el diez por ciento de la suma que por todo concepto percibe la actora con costas a la vencida.
Concedido el recurso se corrió traslado de los agravios –que no fue contestado-. Elevadas las presentes actuaciones a esta Cámara Federal de Apelaciones Sala “A” se dispuso el pase al Acuerdo, por lo que quedaron a estudio (fs. 156).
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La demandada se agravió de que no obstante que la planilla aprobada en las actuaciones judiciales de reajuste lo fue por cuanto por derecho hubiere lugar y ANSES liquidó y pagó las sentencias firmes en favor de la actora conforme a derecho, hoy se rechace la excepción de pago sin mayores fundamentos técnicos, sin que medie prueba alguna en el expediente judicial de ejecución de sentencia, y sin siquiera hacerse referencia a las actuaciones administrativas respectivas en donde obra agregada la liquidación de las sentencias firmes del juicio de reajuste y se manda a llevar adelante la ejecución por supuestas diferencias de liquidación.
Fecha de firma: 26/07/2018 Aseveró que estaríamos ante una ficción Alta en sistema: 27/07/2018 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.S.G., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA #8632967#209605242#20180727101252907 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A de proceso en el cual la arbitrariedad y el violentamiento del derecho de defensa son tan claros como que el simple hecho de una aparente diferencia numérica entre la planilla oportunamente aprobada por cuanto derecho hubiere lugar y lo efectivamente pagado siguiendo las pautas indicadas, sin necesidad de probanza alguna, da lugar a una sentencia condenatoria contra la administración.
Ratificó y dio por reproducida la planilla de pago obrante en el expediente administrativo adjunto, como así también los...
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