SANTA GENOVEVA S.A.
Fecha de la disposición | 7 de Enero de 2015 |
SANTA GENOVEVA S.A.
Por esc. del 19/12/14 se constituyó SANTA GENOVEVA SA. 1) Matías Eduardo CARBALLO, casado, Dni 13.080.142, CUIT 20-13080142-1, Esmeralda 130 piso 4° Caba; Delfín Federico Ezequiel CARBALLO, soltero, lic. en economía empresarial, Dni 31.089.201, CUIT 20-31089201-8, Juana Manso 555, Piso 6º D CABA, ambos argentinos, mayores de edad. 2) La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país y/o del extranjero, las siguientes actividades: A) INMOBILIARIAS. Intervención, intermediación y/o realización por cuenta propia, o mediante la contratación a terceros, personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, de y en cualquier tipo de operaciones inmobiliarias, incluyendo dentro de ese objeto social la compra, venta, permuta, alquiler, leasing, intervención en remates, mejora de ofertas en sede judicial, arrendamiento de propiedades inmuebles propias o ajenas, inclusive las comprendidas bajo el régimen de Propiedad Horizontal, el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo y parques industriales, pudiendo tomar para la venta y comercialización operaciones inmobiliarias de terceros, en todo el territorio de la República Argentina. Podrá, inclusive, realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes nacionales y provinciales y las comprendidas en las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal, tales como compraventa, urbanización, colonización, subdivisión, remodelación, loteo, parcelamiento, arrendamiento, subarrendamiento, permuta, administración y cualquier otro tipo de operación de comercialización inmobiliaria, pudiendo a tal fin realizar todos los actos comprendidos en las leyes y reglamentos, construir edificios de cualquier tipo, caminos, calles, cloacas, canales de desagüe, viaductos, puentes y otras obras de ingeniería o arquitectura necesarias para su objeto, incluso energéticas, de electricidad, obras sanitarias, gas, conductos para conexión telefónica y de televisión por cable, en predios urbanos, suburbanos, rurales, industriales, aún los destinados a afectaciones especiales por leyes nacionales, provinciales, sus reglamentos y/o normas municipales. Podrá participar, gestionar e intervenir, para sí o para terceros, en todo lo relacionado a proyectos inmobiliarios o constructivos, pudiendo a estos efectos realizar estudios de mercado y publicidad en el mercado...
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