Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2, 14 de Mayo de 2018, expediente FRO 083000119/2007

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000119/2007 Nº 116/18 Rosario, 14 de mayo de 2018.-

Y VISTOS:

En acuerdo dentro de los autos caratulados “SANDRI, V.D.S.. Art. 189 Bis, Apartado (1) 3º Párrafo”, expediente número FRO 83000119/2007 del registro de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Rosario, Y CONSIDERANDO QUE:

Mediante requerimiento de elevación a juicio obrante a fs.

105/107 se imputó a D.V.S. el delito previsto y penado en el Art. 189 bis, inciso primero, tercer párrafo, del CP.

Mediante resolución Nº 168/2013 de fecha 23 de julio de 2013, se concedió el beneficio de suspensión de juicio a prueba “probation”. Se dio intervención a la Secretaría de Ejecución Penal y se inició el expediente respectivo bajo el Nº FRO 83000119/2007/1.

Corrido traslado a la Fiscalía General a sus efectos, el Dr. O.A., indicó que teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde que se resolviera la suspensión de la causa, que durante dicho período S. cumplió con las reglas que VE le impuso y en virtud de lo informado por el Registro Nacional de Reincidencia, entendió que correspondía dictar el sobreseimiento del nombrado por extinción de la acción penal (Cfr. A..

76, ter, cuarto párrafo, del CP, y Art. 361 del CPPN)

Corresponde resolver la situación procesal del a quien oportunamente se le impuso el cumplimiento de las reglas de conducta.

Tal como resulta acreditado en el incidente agregado por cuerda al presente, con las constancias obrantes a fojas 11/14; 16/19; 21/27; 30/34; Fecha de firma: 14/05/2018 Firmado por: BEATRIZ CABALLERO DE BARABANI, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: G.Y., SECRETARIO #3293246#205214062#20180514125940093 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE ROSARIO 2 FRO 83000119/2007 y 37, el causante cumplió con las exigencias que se les impusieron relativas al cumplimiento de tareas comunitarias.

A fs. 41/43 del legajo de Suspensión de Juicio a Prueba, obra informe del Registro Nacional de Reincidencia donde se informa que S. carece de antecedentes penales.

Por tal motivo, y de conformidad con lo dictaminado por el F. General (Fs. 239 y V..) corresponde dictar el sobreseimiento de V.D.S. por extinción de la acción penal (Art. 76 ter. Cuarto párrafo del C.P. y Art. 361 del C.P.P.N.).

Por lo expuesto, SE

RESUELVE:

I)...

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