Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 24 de Febrero de 2009, expediente 42.537

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2009

Poder Judicial de la Nación °

CN°42.537 "S., Orlando Andrés s/procesamiento"

Juzgado N°8 - Secretaría N°16

Reg. N° 127

Buenos Aires, 24 de febrero de 2009.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 5/vta. por el Defensor Oficial, Dr. J.M.H., contra la resolución que luce, en fotocopias, a fojas 2/4 en la que se resolvió decretar el procesamiento sin prisión preventiva respecto de O.A.S., por considerarlo autor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes destinada a su consumo, previsto en el artículo 14, segundo párrafo de la ley 23.737.

La defensa no cuestiona la materialidad de los hechos -

tenencia de 22,78 gramos de marihuana, según el acta de fojas del cuerpo principal- sino que sostiene que no hubo justificativos por parte del personal policial para detener a su asistido, por lo que solicita se declare la nulidad del procedimiento policial que dio origen a la causa -v. fojas 1/2-. No obstante ello plantea, en forma subsidiaria, que la conducta atribuida a S. se encuentra amparada por el artículo 19 de la Constitución Nacional y solicita se declare la inconstitucionalidad del artículo 14, segundo párrafo de la ley 23.737 y se decrete,

en consecuencia, el sobreseimiento de su asistido.

En oportunidad de contestar la vista, el F. General Adjunto, manifestó que del actuar policial no se advierte ninguna irregularidad en el procedimiento de la que pueda inferirse violación alguna del proceso penal (ver fojas 34/6).

Cabe recordar que la causa se inició el día 12 de mayo de 2008

en virtud del procedimiento policial efectuado por personal de la Seccional 39a.de la Policía Federal Argentina, en la intersección de la Avenida Olazábal y la Avenida Triunvirato de esta Ciudad, cuando observaron a un masculino "agazapado" entre los vehículos que se hallaban estacionados y al advertir la presencia del patrullero, procedió a sentarse frente a la altura catastral 4875 de la calle O.. Los policías procedieron a identificar al sujeto y a consultarle sobre su permanencia en el lugar, en tanto manifestaron que " no supo justificar la misma, comportándose de manera nerviosa y manifestando su deseo de retirarse del lugar" -según declaración del subinspector D.O. de fojas 1/2-. Como consecuencia de tal presunción, se procedió a la detención de S., a quien,

previo llamado de los testigos de rigor, se le secuestró de entre sus...

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