Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA V, 23 de Octubre de 2015, expediente CNT 056128/2012/CA001

Fecha de Resolución23 de Octubre de 2015
EmisorSALA V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA V Expte. Nº CNT 56128/2012/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA 32506 AUTOS: “SANCHEZ, M.F. c/ LA CAJA ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO ART S.A. s/ ACCIDENTE – ACCION CIVIL”

(JUZGADO Nº 4).

Buenos Aires, 23 de octubre de 2015.

VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos a fs. 299 por el perito médico por estimar reducidos los honorarios fijados a su favor en el acta homologatoria de fs. 294/294vta. y a fs. 301 por el tercero citado Dos Cabezas S.R.L. por considerar elevados los emolumentos fijados a dicho experto (recursos concedidos a fs. 305).

Y CONSIDERANDO:

La regulación de honorarios profesionales debe ajustarse a las normas legales, salvo supuestos excepcionales debidamente fundados.

Los emolumentos del galeno, deberán ajustarse a la complejidad de la tarea realizada y su relevancia para la resolución de la causa, y teniendo en cuenta el monto del acuerdo ($ 35.000 –fs. 294-) y la pericial médica de fs. 271/275, así como también las pautas arancelarias vigentes; el Tribunal estima que los honorarios fijados al perito médico son adecuados y se confirmarán en...

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