Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I, 26 de Junio de 2019, expediente CNT 059075/2015/CA001

Fecha de Resolución26 de Junio de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala I

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO SALA I SENTENCIA DEFINITIVA NRO. 93727 CAUSA NRO. 59075/2015 AUTOS: “S.J.H.C.D.P.S.M. Y OTRO S/ DESPIDO"

JUZGADO NRO. 26 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de JUNIO de 2019, reunida la S. Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

La Dra. M.C.H. dijo:

  1. La sentencia de fs. 176/178 es apelada por la demandada a tenor del memorial de fs. 181/182, que mereció la réplica de fs. 189, y por el actor, a fs. 183/187.

    Asimismo, a fs. 180 y 187, respectivamente, el perito contador y la representación letrada del reclamante, por su propio derecho, cuestionan sus honorarios por estimarlos reducidos.

  2. Tengo presente que el señor J. a-quo hizo parcialmente lugar a la acción incoada por el Sr. S.. Para así decidir, el sentenciante tuvo por acreditado que el actor laboraba un horario mayor al registrado –esto es, media jornada– y, en tanto la demandada negó adeudarle diferencias por horas nocturnas y por básico por jornada completa, la decisión rupturista adoptada resultó ajustada a derecho, de conformidad con el art. 242 LCT. Sin embargo, rechazó el reclamo fundado en la deficiente registración de la fecha de ingreso, de la categoría y de la remuneración. Asimismo, desestimó la demanda deducida contra 25 HORAS S.A. por estimar que el encuadre jurídico reclamado judicialmente, en los términos del art. 29 LCT, no resultó concordante con el intercambio telegráfico previo y que, a la postre, no fue demostrado que el establecimiento fuera propiedad de tal codemandada. De tal forma, impuso las costas del rechazo a cargo del actor y, con relación al reclamo contra la Sra. D.P., las estableció en un 80% a cargo de aquélla y el restante 20%, del reclamante.

    El actor se queja por el rechazo decidido contra la codemandada 25 HORAS S.A.; vierte profusas alegaciones en este sentido. Asimismo, cuestiona la valoración de las testificales y la desestimación de la categoría invocada y de los pagos extracontables. Apela la imposición de costas con relación a la Sra. D.P., como Fecha de firma: 26/06/2019 Firmado por: M.V.M.C., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: G.A.V., JUEZA DE CAMARA Firmado por: M.C.H., JUEZA DE CAMARA #27484278#236583013#20190626111912170 así también los honorarios regulados a la representación letrada de la demandada y del perito contador.

  3. Con relación a las quejas deducidas y en lo pertinente, memoro que el actor alegó en el inicio que se desempeñaba como encargado de quiosco para la demandada OPEN 25 HS S.A., pese a encontrarse registrado como empleado de la Sra.

    D.P.. Refirió que ésta era “testaferro” de la primera, quien adujo era su real empleadora. Señaló que se encontraba inscripto con la categoría de “vendedor B” mas describió que sus tareas implicaban recibir a los proveedores, realizar el arqueo de caja, cobrar a los clientes y dedicarse a las ventas. Explicó que cumplía un horario de 19 a 7 horas, con un franco los días lunes. Indicó que percibía una “remuneración parcialmente registrada, ya que se consignaba en el recibo de sueldo ‘a tiempo parcial’

    cuando en realidad puede advertirse que laboraba 11 horas diarias como normales y habituales y en general cumplía un horario de 12 horas (...)”. Reclamó, así, las diferencias por jornada completa y horas nocturnas y por la categoría de “vendedor D”.

    Transcribió el intercambio telegráfico que mantuvo con la Sra. D.P., cuyos originales acompañó a fs. 17/25.

    A su turno, la Sra. D.P. reconoció la relación laboral; empero, negó la jornada y categoría denunciadas. Alegó que el Sr. S. se encontraba...

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