Salvador María Lozada: el juez que dictó una quiebra emblemática en pleno período militar

Salvador María Lozada, jurista fallecido a los 90 años

Si los jueces hablan por sus sentencias, la actuación del jurista Salvador María Lozada, juez comercial de la Capital Federal en los difíciles años 70 y fallecido en esta ciudad a los 90 años, se resume en su recordado fallo en el caso Swift-Deltec, que derivó en la quiebra de la empresa frigorífica en nuestro país. El pronunciamiento, dictado en noviembre de 1972 y ratificado más tarde por la Corte Suprema de Justicia, extendió la responsabilidad por la quiebra de la citada empresa, con sede en La Plata, a la sociedad controlante Deltec, que intentaba eludirla y se había presentado, incluso, como acreedora en el concurso judicial. El caso generó un fuerte impacto político, en el corazón del gobierno de facto del teniente general Alejandro Agustín Lanusse, por el hecho de que dos antiguos ministros del régimen de Juan Carlos Onganía -Adalbert Krieger Vasena y Nicanor Costa Méndez- integraban el directorio de la compañía norteamericana.

En esa sentencia, Lozada destituyó al directorio de la empresa multinacional Swift y rechazó los créditos que la sociedad Deltec reclamaba como acreedora, lo que dejó al descubierto maniobras monopólicas y de evasión en el negocio de la carne , que hicieron recordar las denuncias de Lisandro de la Torre en los años 30.

Más allá de lo anecdótico, el caso fue emblemático y objeto de estudio en las facultades de Derecho. En 1974, Lozada fue relevado del juzgado comercial, al que había accedido en 1963. A partir de 1976, el gobierno militar de Jorge Rafael Videla lo despojó de la cátedra universitaria . En las décadas siguientes, Lozada lamentó que la "doctrina de los conjuntos económicos", que él había aplicado en su sentencia, no fue incorporada por el Congreso a la legislación. Cuando se produjo la crisis del corralito, en diciembre de 2001, el jurista celebró una decisión del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que extendía la responsabilidad de los bancos extranjeros, en forma concurrente o solidaria, por la retención de los depósitos en dólares dispuestas a partir del corralito.

El jurista sostenía que "la personalidad jurídica de las sociedades comerciales es solo un medio instrumental a los fines del derecho. Desde que este medio jurídico es usado de un modo antijurídico para cubrir una realidad diversa, se impone levantar el velo de la personalidad jurídica y enfrentar la situación verdadera".

La trayectoria

Salvador María Lozada había nacido...

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