SALVADOR M PESTELLI SA c/ RUTH ORLY GRAY s/CONSIGNACION

Fecha31 Agosto 2020
Número de expedienteCNT 053067/2012/CA001

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 75485

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 53067/2012

(Juzg. Nº 43)

AUTOS: “SALVADOR M. PESTELLI S.A. C/ RUTH ORLY GRAY S/

CONSIGNACION”

Buenos Aires, 31 de agosto de 2020.-

En la Ciudad de Buenos Aires reunidos los integrantes de la Sala VI a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia en estas actuaciones, practicando el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.

EL DOCTOR C.P. DIJO:

La trabajadora cuestiona que no haya prosperado su reclamo tendiente al cobro de horas extras y la reparación por “mobbing”, mientras que el empleador cuestiona las condenas impuestas en materia de indemnizaciones por despido,

puniciones y costas siendo que varios de los auxiliares de justicia persiguen la elevación de los honorarios que les fueron regulados.

Los agravios vertidos por la trabajadora son insuficientes como para justificar una rectificación del pronunciamiento de grado ya que, pese a los esfuerzos argumentales que impregnan su memorial de agravios, no advierto que las declaraciones de Fecha de firma: 31/08/2020

Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: F.S.R., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

  1. (fs. 344/8) y Rus (fs. 347/8) tengan valor convictivo suficiente como para tener por acreditados los presupuestos fácticos de sus pretensiones patrimoniales.

    La prueba testimonial constituye un medio técnico inseguro y que, incluso, el falso testimonio resulta un fenómeno común en el mundo forense por cuanto: a) existen sujetos que se prestan a servir corno testigo falsos en procesos instaurados ante autoridad jurisdiccional: se trata de los denominados testigos profesionales acostumbrados a mentir conscientemente por un precio en dinero; b) existen partes capaces de utilizar sin escrúpulos a testigos falsos en defensa de sus intereses y/o peticionar a personas de su afecto o de su círculo íntimo para que declaren a su favor; c) existen abogados que acuden al negativo expediente de servirse de falsarios a los que,

    incluso, preparan para que den la apariencia de verdaderos; d)

    existe una cierta tolerancia fáctica a esta corruptela pues,

    las autoridades jurisdiccionales y los representantes de la sociedad encargados de reprimir los delitos, no se esmeran en combatir, con la aplicación de sanciones penales, a quienes incurren en los falsos testimonios; e) la falta de la debida represión y la carencia de una más cuidadosa investigación en los testigos que deponen, permiten que se incremente el uso de los...

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