El derecho a la Salud dentro de la órbita de los Derechos Humanos

AutorRosana Beatriz B. Feliciotti
CargoAbogada, Universidad de Belgrano. Especialista en Magistratura.

Diariamente escuchamos hablar sobre el concepto de Derechos Humanos desconociendo en muchas situaciones que la salud se encuentra dentro de la órbita de ellos. Existen diferentes situaciones en las cuales se plantean violaciones a los derechos humanos desde la óptica de la omisión y el desamparo de personas discapacitadas o que padecen enfermedades crónicas o terminales, a las cuales las obras sociales o prepagas niegan otorgarles las prestaciones que les corresponden, por ley estando ellas obligadas.

Además de la situación de angustia que les genera a los enfermos la patología que padecen, sufren una situación de desatención por parte de las Obras Sociales o Empresas de Medina Prepagas, la cual les genera una crisis depresiva agudizando su dolor tanto físico como espiritual, como consecuencia del sentimiento de abandono del cual son victimas.

Los derechos humanos reconocidos al hombre en virtud de su condición de miembro de la sociedad son llamados de segunda generación, referentes al trabajo, familia, vivienda en donde está incluido el derecho humano a la salud, este último siendo una consecuencia de la evolución de ellos en el constitucionalismo social.

El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social. 1

El derecho a la salud está consagrado en numerosos tratados internacionales y regionales de derechos humanos y en las constituciones de países de todo el mundo.

Existe el reconocimiento expreso al derecho a la salud desde la Declaración Universal de Derechos Humano de 1948, en el cual establece que: "Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial… la asistencia médica y los servicios sociales necesarios." No primó la postura de la Unión Soviética que en el debate sostuvo que era totalmente vago hablar de ese derecho, pues no era fácil saber cómo se ejercitaba, y que por ello se hacían necesarias mayores especificaciones. (DUDH., art. 25).

Existen otros tratados de las Naciones Unidas sobre derechos humanos referentes a salud como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 1966, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 1979, Convención sobre los Derechos del Niño 1989.

Otros ejemplos de tratados regionales de derechos humanos son la Carta Social Europea 1961, Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos 1981, Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) 1988.

El art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales establece que "Los Estados partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para: a) la reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el sano desarrollo de los niños b) el mejoramiento en todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente c) la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole y la lucha contra ella. La creación de condiciones que aseguren a todos la asistencia médica y servicios médicos en caso enfermedades."

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, que supervisa la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR