Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 16 de Mayo de 2018, expediente CIV 072958/2014/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala K

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K Expte. n° 72958/2014 SALERNO DE D., H.A. c/ PANNACIO, M.T. s/

ejecución hipotecaria.

J. 94.

Buenos Aires, de mayo de 2018.

AUTOS Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Contra el pronunciamiento de fs. 279, segundo párrafo, interpone la parte actora recurso de reposición con subsidiaria apelación.

    Desestimado el primero corresponde abordar el tratamiento de los fundamentos que sustentan al segundo y que lucen a fs. 280/281.

  2. Cuestiona lo decidido por la juez de grado en cuanto difirió el pedido de regulación de honorarios para una vez que se encuentre fijado el UMA.

  3. En virtud de haberse dictado la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación 13/18 el día 3 de mayo del corriente año que estableció la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) en función de lo dispuesto por el art. 19 de la ley 27.423, la cuestión traída ha consideración del Tribunal ha devenido en abstracta (conf. esta S. en autos “P., Z. s/ simulación s/ recurso de queja” del 7/5/2018).

    Por tales consideraciones y de no existir agravio alguno que deba ser considerado en esta instancia, el Tribunal

    RESUELVE:

    Declarar abstracto el recurso que motivara esta intervención. Las costas de Alzada se imponen por su orden, atento a la falta de contradictorio en el trámite del recurso en tratamiento (arg. arts. 68, segundo párrafo y 69 del Código Procesal).

    R. de conformidad con lo establecido con el art. 1 de la ley 26.856, art. 1 de su Decreto Reglamentario 894/2013, y arts. 1, 2 y Anexo de la Acordada 24/13 de la CSJN; a tal fin, notifíquese por Secretaría. Cumplido, devuélvase a la instancia de grado.

    Se deja constancia que la difusión de la presente resolución se encuentra sometida a lo dispuesto por el artículo 164, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y artículo 64 del Reglamento para la Justicia Nacional. En caso de su publicación, quien la efectúe, asumirá la...

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