Saint Germain S.A. S/ Quiebra

Fecha de disposición15 Agosto 2007
Fecha de publicación15 Agosto 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31218

4º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, opotunamente cursar las demás comunicaciones correspondientes y reservar en Secretaria.- FDO.: Dr. VICENTE CONSTANCIO ESPOSITO. -- Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARO. -- Dr. VICTOR ANTONIO ALONSO. -- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes'.Sebastián Avila, secretario de ejecución.

e. 14/08/2007 Nº 553.797 v. 21/08/2007 TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL JUJUY El TRIBUNAL ORAL CRIMINAL FEDERAL DE JUJUY FALLA:

  1. CONDENAR a ELIZABETH QUINTANILLA DELEDESMA, de las calidades personales obrantes en autos, a la pena de CUATRO AÑOS de PRISION y MULTA de pesos doscientos veinticinco ($ 225), con más la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, art. 12 del código penal;

    por encontrarla autora responsable del delito de transporte de estupefacientes, art. 5 inc. 'c', ley 23.737. Con costas.

  2. COMPUTO de PENA. Fijar como fecha de cumplimiento de la pena privativa de libertad el 18 de JUNIO de 2010; y diez días para el pago de multa y costas del juicio.

  3. ORDENAR la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

  4. REMITIR a la nombrada al Servicio Penitenciario Federal, para que cumpla la condena privativa de libertad en unidad carcelaria a su cargo.

  5. NOTIFICAR la Sentencia en lugar de detención bajo acta con entrega de fotocopia, remitiendo Pasaporte peruano Nº 3524468, DNI peruano Nº 06221217 y demás documentación personal a nombre de ELIZABETH QUINTANILLADELEDESMA, art. 171 Ley 24.660, y MANDAR que por Secretaría se registre este fallo y se hagan las comunicaciones, oficios y notificaciones. -- HUGO MARCELO SAVIO. -- CARLOS ROLANDO MASSACCESI. -- RENE VICENTE CASAS. Ante mí:

    EFRAIN ASE, Secretario.

    e. 10/08/2007 Nº 553.627 v. 23/08/2007 El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, por unanimidad:

    FALLA:

    Primero: CONDENANDO a BASILIA MATIAS BAUTISTA, a la pena de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION, inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena que prescribe el artículo 12 del Código Penal, inhabilitación especial para ejercer el comercio por el mismo tiempo de la condena, inhabilitación especial perpetua para desempeñarse como funcionaria o empleada aduanero, miembro de la policía auxiliar aduanera, o de las fuerzas de seguridad, despachante de aduana, agente de transporte aduanero o proveedor de abordo de cualquier medio de transporte internacional y como apoderada o dependiente de cualquiera de estos tres últimos, inhabilitación absoluta por doble tiempo que el de la condena para desempeñarse como funcionaria o empleada público, por encontrarla autora responsable del delito de Contrabando de Importación de Estupefacientes, agravado por el presunto destino de comercialización, previsto y penado por el artículo 866 segundo párrafo del Código Aduanero, en función del artículo 863 sin perjuicio de las sanciones que correspondieran en sede aduanera, con costas.

    Segundo: FIJANDO como fecha de cumplimiento de la pena privativa de la libertad, el día 21 de Noviembre del año dos mil nueve, y diez días para el pago de las costas del Juicio.

    Tercero: ORDENANDO la destrucción del remanente del material secuestrado (estupefaciente), con intervención de la autoridad sanitaria federal.

    Cuarto: REMITIR copia de la presente sentencia al actual lugar de detención de Basilia Matías Bautista para...

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