Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, 16 de Septiembre de 2009, expediente 2.920–P

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2009

Poder Judicial de la Nación N° 139 /09 -P. Rosario, 16 de septiembre de 2009.

Visto, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones el expediente N° 2920–P de entrada, “Sa int Amant, F. s/

Exención de Prisión (Ppal. 28.764) “S.”, del que resulta que:

Vienen los autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Federal Subrogante, Dr. J.P.M. (fs. 45/47), contra la resolución n° 144/09 de fecha 8/04/09 por la que no se hizo lugar al pedido de revocatoria del beneficio de exención de prisión otorgado oportunamente al imputado M.F.S.A. (fs. 39/44).

Habiéndose celebrado la audiencia oral de conformidad con lo dispuesto por el art. 454 del Código Procesal Penal de la Nación (texto según ley 26.374), quedaron los presentes en estado de resolver (fs. 69).

Y Considerando que:

  1. Al motivar la apelación el F. se agravia de : que )

    el juez a quo sostenga la falta de peligrosidad procesal del imputado y en consecuencia el mantenimiento de la libertad, lo que constituye una remisión improcedente que le impide analizar la racionalidad de la resolución tornándola nula por carencia de fundamentación y autosuficiencia, con fundamentación aparente y por ello arbitraria; que el cúmulo de procesamientos dictados en contra de Saint Amant en otras causas no sea considerado como parámetro a tener en cuenta a la hora de analizar el pedido de revocatoria de la exención equiparando la actual situación del imputado a la del momento en que se le concedieron aquéllas en el resto de las causas en las que se encuentra imputado y que se valore como elemento a favor del mantenimiento, que ese Ministerio haya consentido su concesión en otros incidentes respecto al mismo imputado y por último se agravia de que se le haya denegado la petición realizada a fs. 1908 del principal en sentido de que solicitó, que como medida de coerción no restrictiva de la libertad ambulatoria,

    se disponga que S.A. aporte su pasaporte y se reserve en secretaría para asegurar su permanencia en el país y su sujeción al proceso y que “Es por ello que ante la negativa de esa jurisdicción de aplicar medidas cautelares menos invasivas y no privativas de libertad no deja otra solución a este Ministerio que la de solicitar la revocación del beneficio concedido” (v. fs. 47, 3er párrafo).

    En la audiencia, el F. General se remite a los fundamentos desarrollados por el Fiscal de 1ra. Instancia al apelar y considera que de acuerdo a la doctrina del fallo plenario n° 13 d e la Cámara Nacional de Casación Penal, no se ajusta a derecho ninguna de las concesiones de exenciones de libertad concedidas a Saint Amant, como tampoco las denegatorias de los pedidos de revocación de aquéllas formulados por el Ministerio Público Fiscal, agregando que Saint Amant se encuentra no sólo imputado sino procesado en otras causas.

    En el mismo acto el Dr. G.H.V.,

    defensor de M.F.S.A., manifestó que los autos de mérito dictados por el Juez de 1° instancia fueron confirm ados “in totum” por esta Cámara,

    la que...

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