Sentencia de Sala II, 16 de Junio de 2010, expediente 29.032

Fecha de Resolución16 de Junio de 2010
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del Bicentenario Sala

II- C.N° 29.032 “SAGUIER, E.R.

s/ calidad de querellante”

Juzgado Federal N° 8 - Secretaria N°15

Expte. N10.152/09/1

Reg. n° 31.536

Buenos Aires, 16 de junio de 2010.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

Las actuaciones llegan a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fojas 4/5 de la incidencia por E.R.S. y su letrado patrocinante, Dr. J.M., en contra del párrafo 7° del auto que en fotocopia glosa a fojas 3/vta., por el que se circunscribe su intervención como querellante “… específicamente a los presuntos actos de represalias y discriminación a su respecto que se materializarían mediante el rechazo de sus informes presentados como científico del CONICET de los períodos 2002/2003 y 2004/2005” cuando el nombrado pretende actuar con dicha calidad respecto de la pesquisa que se lleva a cabo en orden a todos los delitos que oportunamente denunciara.

Se investiga la existencia de un supuesto “tráfico de influencias” e irregular distribución de subsidios provenientes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por parte de los directivos de la Agencia Nacional para Promoción de la Ciencia y la Tecnología –ANPCYT-, acaecida entre los años 2001 y 2005. Denuncia el presentante que por haber hecho públicas dichas maniobras,

habría sido objeto de represalias que se habrían materializado en el rechazo consecutivo de dos informes periódicos cuya admisión resulta necesaria para continuar siendo investigador dependiente del CONICET –conf. requerimiento instrucción fs.

32/4-.

Ante dicho panorama y sin perjuicio de aquello que en definitiva pueda arrojar el progreso de esta incipiente investigación, no puede negarse al peticionante la existencia de un interés legítimo para constituirse en parte querellante y como tal impulsar el proceso en su integridad, proporcionar elementos de convicción,

argumentar sobre ellos y recurrir con los alcances fijados por el ordenamiento procesal,

en tanto se advierte que la hipótesis delictiva que oportunamente denunciara semeja haberlo afectado directamente, ya que a esta altura no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR