Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 3 de Julio de 2020, expediente CNT 036421/2014/CA001

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT. DEF. EXPTE Nº: 36.421/2014 (51.620)

JUZGADO Nº: 73 SALA X

AUTOS: “SAFFORES LUCIANO ROBERTO C/PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ACCIDENTE

– LEY ESPECIAL”.

Buenos Aires,

El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Vienen estos autos a la alzada a propósito de los agravios que contra el pronunciamiento de fs. 321/325 interpusieron las partes a tenor de los memoriales obrantes a fs. 326/333 (actor) y 338/344 (demandada), mereciendo el último de los mencionados la réplica respectiva (fs. 346/349vta.). También existen apelaciones por los honorarios regulados (fs. 334, 337, 338, ap. II y “otro sí dice” de fs. 344).

  2. ) Doy tratamiento a los agravios formulados por el actor.

    De comienzo el demandante se agravia por cuanto la magistrada “a quo” al fijar el importe diferido a condena por la prestación dineraria del art. 14 inc. 2) de la ley 24.557 a consecuencia del accidente de trabajo que padeció, redujo -a su entender sin fundamento- el porcentual psíquico del 20% informado por el perito médico (conf. dictamen de fs. 283/289 y ratificaciones de fs. 294/295vta. y 299) al 10% de la total obrera.

    Considero que no le asiste razón en su planteo.

    Lo entiendo así al compartir los sólidos fundamentos esbozados por la señora juez que me ha precedido para reducir el porcentaje de incapacidad psíquica que informó el perito médico por el cuadro detectado al considerar que el mismo se trata de una R.V.A.N.,

    grado II (conf. fs. 322/323 del fallo).

    Memoroque las pericias de los auxiliares de justicia no resultan vinculantes para los magistrados y la apreciación de estos dictámenes (de conformidad con las reglas de la sana crítica) es facultad de los jueces, que tienen respecto de este tipo de prueba las mismas atribuciones que para el análisis de las restantes medidas probatorias, pudiendo hacerlo con la latitud que le adjudica la ley (ver S.D. Nº 21.243 de esta S. X del 31/07/2013 en los autos “L., F. c/Mapfre Argentina A.R.T. S.A. s/accidente – ley especial”, entre muchas otras).

    Esta sala ha sostenido que si lo que se está evaluando es el daño psíquico o postraumático o -por decirlo de otro modo- el daño que ocasiona al sistema psíquico el padecimiento de una incapacidad física, resulta adecuado sostener alguna proporcionalidad Fecha de firma: 03/07/2020

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    entre el daño físico (de origen laboral) y el psíquico (ver S.D. de esta S. X del 10/06/2016

    dictada en los autos “R., Vicente c/Provincia A.R.T. S.A. s/accidente – ley especial”).

    Sobre la base de lo expuesto, pese al esfuerzo argumental del recurrente al expresar agravios, considero razonable en este específico caso la disminución del 20% del porcentual de incapacidad psíquica que hizo saber el perito médico al 10% que determinó la magistrada “a quo”. Ello es así, teniendo en cuenta los fundamentos vertidos en grado para así decidir, la secuela física determinada (12%) y que para determinar el carácter indemnizable de las dolencias psíquicas no basta con tal comprobación por parte del facultativo de la salud sino la necesidad de aportar elementos de juicio que evidencien el nexo causal con el evento dañoso (art. 377 del C.P.C.C.N.).

    Sugiero, tal como lo adelanté, desatender este segmento de los agravios.

  3. ) Otro de los agravios del demandante se ciñe a la decisión “a quo” de no aplicar en el caso de autos y al monto total de condena el denominado índice R.I.P.T.E.

    previsto por la ley 26.773, al igual que la indemnización adicional del art. 3º de ese ordenamiento.

    El mencionado cuerpo legal establece que “Las disposiciones atinentes a las prestaciones en dinero y en especie de esta ley entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (26/10/2012) y se aplicarán a las contingencias previstas en la ley 24.557 y sus...

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